HAP/_______,2024, por la que se convocan para 2024, subvenciones para la implantación y difusión de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de la sociedad de la información, dirigidas a comarcas aragonesas (Talleres TIC)
Denominación oficial: ORDEN HAP/_______,2024, por la que se convocan para 2024, subvenciones para la implantación y difusión de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de la sociedad de la información, dirigidas a comarcas aragonesas (Talleres TIC)
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 75.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751554). Primero. Personas beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las comarcas aragonesas. Segundo. Objeto. La celebración de jornadas formativas cuya finalidad sea la difusión y promoción de las tecnologías de la información consistentes en talleres de iniciación en tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), de unas cinco horas de duración, dirigidas a colectivos poco familiarizadas con el uso de las TIC, con los temas mostrados en www.aragon.es/tallerestic, y organizados en localidades aragonesas con menos de 2.000 habitantes. Tercero. Bases reguladoras. Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón” de 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, modificadas mediante Orden IIU/478/2018, de 13 de marzo, Orden IIU/1926/2018, de 22 de noviembre, Orden IIU/429/2019, de 12 de abril, y Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, publicadas, respectivamente, en los Boletines Oficiales de Aragón, número 58, de 22 de marzo de 2018, número 236, de 7 de diciembre de 2018 número 86, de 7 de mayo de 2019 y número 96, de 5 de mayo de 2021. El texto resumido de las bases con sus modificaciones se publicó como anexo en la mencionada Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, publicada el 5 de mayo de 2021. Cuarto. Cuantía. La cuantía total máxima prevista para esta convocatoria es de 75.000 € euros. La cuantía individualizada de la subvención podrá ser de hasta un 80% de los gastos subvencionables, con una cuantía máxima de 500 € por taller. El número máximo de talleres subvencionables será de 30 por beneficiaria. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y APLICACIONES CORPORATIVAS
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 75.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad