HAP/________________,2024, por la que se convocan subvenciones de apoyo al software libre dirigidas a microempresas y a trabajadores autónomos
Denominación oficial: ORDEN HAP/________________,2024, por la que se convocan subvenciones de apoyo al software libre dirigidas a microempresas y a trabajadores autónomos
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751591). Primero. Personas o entidades beneficiarias. Podrán ser personas o entidades beneficiarias de las subvenciones las microempresas y trabajadores/as autónomos cuyo objeto social o actividad corresponda al sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con domicilio, razón social o actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón o poseer oficinas o delegaciones en Aragón. No podrán concurrir a esta misma convocatoria los autónomos que sean empleados o socios en una empresa y dicha empresa, inadmitiéndose las solicitudes de ambos. Segundo. Objeto. Subvencionar la realización de desarrollos de software en código abierto que se liberen de acuerdo con alguno de los tipos de licencia existentes (EUPL, APv2, etc) que incluya la publicación del código fuente de forma pública y abierta. Dichos desarrollos deben consistir en pequeñas aplicaciones completas, preferentemente para móviles o tabletas, instalación incluida y que utilicen como fuente de datos al menos uno de sus recursos. En cualquier caso, las actuaciones objeto de la subvención deberán estar disponibles en un repositorio público de software de fuentes abiertas (Github o similar), y deberán permanecer en dicho repositorio un tiempo mínimo de dos años una vez terminada la actuación. Tercero. Bases reguladoras. Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón” de 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, modificadas mediante Orden IIU/478/2018, de 13 de marzo, Orden IIU/1926/2018, de 22 de noviembre, Orden IIU/429/2019, de 12 de abril, y Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, publicadas, respectivamente, en los Boletines Oficiales de Aragón, número 58, de 22 de marzo de 2018, número 236, de 7 de diciembre de 2018 número 86, de 7 de mayo de 2019 y número 96, de 5 de mayo de 2021. El texto resumido de las bases con sus modificaciones se publicó como anexo en la mencionada Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, publicada el 5 de mayo de 2021. Cuarto. Cuantía. La cuantía total máxima prevista para esta convocatoria es de 30.000 € euros. La cuantía individualizada de la subvención podrá ser como máximo de 6.000 euros por persona o entidad beneficiaria. Solo se subvencionará una actuación por persona o entidad beneficiaria. El importe de la subvención se determinará de acuerdo con los componentes de la aplicación, sumando en función de sus características los importes que correspondan, de los siguientes: Modulo Importe de subvención Unidad Entrada de datos 1.125 € Por cada colección de datos de entrada Interface de usuario 2.249 € Por cada interface de usuario Proceso de tratamiento de la información 3.374 € Uno por aplicación Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y APLICACIONES CORPORATIVAS
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General