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AutonomicaFondos EU

NGEU-MRR. AYUDAS INV INST DE PROTECCIÓN FRENTE A PLAGAS C03.I03.P01.S14

Estado

No disponible

💰Importe

192.669 euros

📅Fecha inicio

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📅Fecha fin

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Resumen

Esta ayuda esta destinada a empresas grandes, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 192.669 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (código de identificación): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Primero Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, que reúnan los siguientes requisitos: Línea 2: Inversiones para instalaciones de protección frente a plagas de cuarentena transmitidas por insectos vectores o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid. a) Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la Comunidad de Madrid para producir MVR. No obstante, y según lo dispuesto en la disposición transitoria única del Real Decreto 949/2021 en tanto se cree de manera efectiva el ROPVEG será suficiente que el solicitante esté inscrito en el Registro de Productores de Semillas y Plantas de Vivero (PROSEMPLAN), o en el Registro de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (ROPCIV). b) Ser productor de MVR susceptibles de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son trasmitidas por insectos vectores: 1.º Xylella fastidiosa. 2.º Bursaphelenchus xilophilus. 3.º HLB o greening de los cítricos. 4.º Flavescencia dorada. c) Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción: 1.º Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base. 2.º Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar. 3.º Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar. 4.º Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales. 5.º Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción. 6.º Viveros forestales. 7.º Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estándar. 8.º Campos de material de multiplicación de hortalizas. d) La inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores se llevará a cabo en la Comunidad de Madrid. Segundo Objeto El objeto de estas ayudas es financiar inversiones en bioseguridad, en concreto: Línea 2: Inversiones para instalaciones de protección frente a plagas de cuarentena transmitidas por insectos vectores o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid. La finalidad de estas subvenciones es mejorar la competitividad y resiliencia del sector agroalimentario desde el punto de vista económico, medioambiental y social. Estas ayudas forman parte de la Inversión 3: "Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de agricultura y la ganadería. II: Reforzar los sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y centros de limpieza y desinfección", incluida en el Componente 3: "Transformación Ambiental y Digital del Sistema Agroalimentario y Pesquero", Palanca I: "Agenda Urbana y Rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura" (C3.I3.) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-Next Generation. Tercero Bases reguladoras Las bases reguladoras de esta convocatoria se regulan en el Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO núm. 263, de 3 de noviembre de 2021. El Real Decreto 949/2021 ha sido modificado por el Real Decreto 367/2023, de 16 de mayo, por el que se modifican dos reales decretos de bases reguladoras de ayudas y subvenciones relativas al Plan de Impulso de la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y la Ganadería y a la bioseguridad en el ámbito del transporte por carretera de ganado y en el de viveros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por el Real Decreto 2/2024, por el que se modifica el Real Decreto 949/2021. Cuarto Financiación de las ayudas La cuantía total máxima destinada a financiar la convocatoria de la anualidad 2024 asciende a 509.857,32 euros, y se contraerá con cargo a los créditos del Subconcepto 79000: "Modernización, dinamización y difusión tecnológica", del Programa 411A, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con la siguiente distribución por líneas: Línea 2: 192.669,03 euros. En el supuesto de presentación de solicitudes por importe superior a la cuantía total máxima y siempre que no se haya dictado la resolución de concesión, podrá incrementarse el crédito en una cuantía adicional de 100.000 euros, que será financiada con el Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. El importe que resulte disponible se publicará por el órgano concedente previamente a la resolución de la concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicación implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo plazo para resolver. La efectividad de esta cuantía adicional quedará sujeta a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024. La presente convocatoria se financia a través del Plan de Recuperación, Transformación y…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • GRAN EMPRESA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion1 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total192.669 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector economico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Financiacion europeaMecanismo de Recuperacion y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UESi

Informacion completa

Bases reguladorasREAL DECRETO 949/2021, DE 2 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A INVERSIONES EN MATERIA DE BIOSEGURIDAD PARA LA MEJORA O CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE VEHÍCULOS
Publicacion en diario oficialSi
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Ultima actualizacion BD2026-07-20T16:49:45.715950