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Convocatoria Subvenciones por concurrencia competitiva a entidades deportivas (2023-2024)

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 752075

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 60.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Beneficiarios:Podrán ser beneficiarias de las subvenciones a clubs y entidades deportivas municipales para fomento y promocióndel deporte aquellas entidades (clubs, entidades deportivas, agrupaciones deportivas) que cumplan los siguientesrequisitos (excepcionando la necesidad de estar inscritas en el registro municipal de asociaciones en aplicación delarticulo 11 de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento en atención al interés social y a la falta deactualización del registro municipal de asociaciones):1. Que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones.2. No contravenir lo regulado en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre.3. No estar incursa en ningún de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas.4. Estar al corrente de sus obligaciones con la Administración Tributaria (de carácter estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, tanto en la fecha de concesión como previa al pago.5. Para la actividad no federada objeto de la presente subvención, las entidades o clubs deportivos deberán tener concertado y en vigor, al corriente en el pago de las primas correspondientes, un seguro que cubra tanto la responsabilidade civil como la cobertura sanitaria en los términos que previenen, respectivamente, los artículos 23 y 22 de la Ley 3/2012, del 2 de abril, del Deporte de Galicia.6. En el caso de que alguna de las actividades que ejecute la entidad solicitante implique el contacto habitual con menores, deberá comprobar que el personal a su cargo no fue condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. (De acuerdo con la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor). En el caso de que ninguna de las actividads que ejecute la entidad solicitante implique el contacto habitual con menores, deberá acreditarlo de forma expresa mediante una declaración responsable. 7. Estar al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen. Segundo. Objeto.Las presentes normas tienen por objeto regular la línea de ayudas a clubs y entidades deportivas, con domicilio fiscal y/o social en el termino municipal de Pontedeume, para el fomento y promoción, en general, de la Educación Física y del Deporte.Las ayudas reguladas en estas normas especiales tienen la naturaleza jurídica de subvención y se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvencioness. Tercero. Bases reguladoras.Bases del programa de subvenciones a clubs y entidades deportivas municipales para fomento y promoción del Deporte (2023- 24). Presupuesto municipal 2024, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Cuarto. Cuantía.El Ayuntamiento de Pontedeume, con cargo al Presupuesto Municipal, concederá subvenciones por importe total de 60.000€ con cargo a la aplicación orzamentaria 341-48001. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Sexto. documentación a presentar a) Acreditación de la personalidad del beneficiario (CIF de la entidad).b) Acreditación de la personalidade de su representante (DNI de la persona que va a suscribir este convenio).c) Anexo 1: solicitud de participación em la convocatoria de subvenciones a clubs y entidades deportivas para fomento y promoción del deporte 2023-2024..d) Anexo 2: declaración responsable sobre cumprimiento de la normativa em el desenvolvimiento de actividades que impliquen contacto con menorese) Anexo 3: Acreditación de que la entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias en general (Estado y Comunidad Autónoma), y en concreto, con el Ayuntamiento de Pontedeume y com la Seguridade Social, y no ser debedor por resolución de procedencia de reintegro de subvención. Y autorización al Ayuntamiento para su comprobación.f) Anexo 4: Declaración jurada de si fueron solicitadas y/o concedidas o no otras subvenciones para la misma finalidad, procedentes de las distintas administraciones públicas o cualquiera de sus organismos dependientes, entes o sociedades, o de otros organismos privados.g) Memoria explicativa de las actividades que se pretenden llevar a cabo con la subvención, incluyendo un presupuesto detallado de los gastos ocasionados por las actividades para las que se solicita la subvención y de los ingresos previstos o recibidos para su financiación. Calendario de fechas de realización.h) Certificación de los datos bancarios de la entidad. Si la solicitude no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, la Concejalía de Deportes requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días naturales con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le terá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de outubro, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo convocante

PONTEDEUME — AYUNTAMIENTO DE PONTEDEUME

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación2 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total60.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Convocatoria Subvenciones por concurrencia competitiva a entidades deportivas (2023-2024)