Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad.
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190.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Cantabria. Presupuesto total: 190.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif.): 752385 Primero. – Entidades beneficiarias. a) Asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres. b) Asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres. c) Asociaciones y federaciones socioculturales con sección de mujeres o cuya junta directiva esté constituida íntegramente por mujeres. d) Sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área o programa de mujeres. Todas estas entidades deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 2 de la Orden UIC/7/2023, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad. Segundo. - Objeto. Serán objeto de subvención los proyectos realizados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2024, que fomenten la participación de las mujeres, su empoderamiento, así como el tejido asociativo con el objetivo de la consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres: a) Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas específicas para mujeres. b) Proyectos que fomenten el acceso al empleo de las mujeres y promuevan la adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral. c) Proyectos que contribuyan a fomentar la conciliación de la vida laboral y personal y la corresponsabilidad en el reparto de responsabilidades en el núcleo familiar entre mujeres y hombres. d) Proyectos de actividades orientados a dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres que contribuyan a su empoderamiento y que creen, fomenten y fortalezcan las redes de asociaciones de mujeres. e) Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres en diversos ámbitos como la ciencia, la cultura, la política, el deporte y la literatura. f) Proyectos que fomenten la salud de las mujeres a través de actividades de sensibilización, información, apoyo y atención ante enfermedades o afecciones físicas y/o mentales que las afecten, preferentemente, mediante la realización de actividades que se desarrollen de forma grupal. g) Proyectos que fomenten las relaciones intergeneracionales e interterritoriales entre mujeres para la creación de redes entre mujeres. El número de proyectos a subvencionar se limita a dos por entidad. Tercero. - Bases reguladoras. Orden UIC/7/2023, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad, modificada por la Orden ISO/3/2024, de 5 de marzo. Cuarto. - Cuantía. La cuantía máxima global de esta convocatoria se fija en CIENTO NOVENTA MIL EUROS (190.000,00 €). La cuantía de la subvención a percibir por cada proyecto o actuación será variable y será calculada dividiendo la cuantía del crédito autorizado entre el número de puntos obtenidos por todas las solicitudes valoradas, lo que dará el valor del punto, que habrá de multiplicarse posteriormente por la puntuación obtenida por cada proyecto. En caso de que, realizado el primer reparto resultara un sobrante, se realizarán sucesivos repartos hasta agotar la cuantía del crédito autorizado. El importe máximo de la subvención a percibir por cada entidad, por el conjunto de proyectos solicitados, no podrá superar 4.000,00 € de cuantía máxima a conceder en la convocatoria. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la consejería con competencias en materia de igualdad y mujer, se realizarán en el modelo oficial que se incluye como Anexo I de la convocatoria del año 2024 acompañadas de la documentación prevista en el artículo 7 de la Resolución de convocatoria de la subvención, firmados con certificado electrónico por quien ostente la representación legal de la entidad. Sexto. - Otros datos. El modelo de solicitud y el resto de modelos complementarios se encontrarán disponibles en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado Atención a la Ciudadanía 012, Ayudas y Subvenciones (http://www.cantabria.es). Las subvenciones se tramitarán por la Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad, órgano directivo adscrito a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 3 de abril de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 190.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | 94 - Actividades asociativas |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden UIC/7/2023, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T16:37:48.284838 |