Ayudas de mínimis para estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria para el año 2026
Denominación oficial: Convocatoria de ayudas de mínimis para estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria para el año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Cantabria. Presupuesto: 210.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se trata de una ayuda competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 31/08/2026 y tu proyecto se comparará con los de otros solicitantes, así que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. La subvención consiste en una entrega de dinero sin exigir nada a cambio. Puede solicitarla cualquier pyme o persona física con una explotación de ganado bovino o equino en Cantabria que críe razas locales amenazadas, esté inscrita en el REGA y no haya tenido sanciones graves en el último año.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. 1. Se podrán beneficiar de las ayudas los titulares de explotaciones de ganado bovino y/o equino, ya sean personas físicas o jurídicas, incluidas las Sociedades Cooperativas y las Sociedades Agrarias de Transformación, ubicadas en Cantabria, e inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas (REGA), que mantengan alguna de las razas locales amenazadas de Cantabria de la especies bovina y equina. 2. Además, deben tratarse de explotaciones que cumplen la normativa legal en vigor en materia de medio ambiente, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. Por ello, no podrán haber sido objeto de sanción firme, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Segundo. Objeto. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2026, las ayudas para incentivar prácticas de cebo y sacrificio asociadas a la calidad de los terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, inscritos en el Registro de Identificación Individual de animales (RIIA) como perteneciente a dichos razas o morfotipos. Tercero. Bases reguladoras. Orden DES/14/2025 de 2 de abril (BOC NUM 69, de 9 de abril de 2025), por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas de mínimis para estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria. Cuarto. Cuantía. 1. La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a DOSCIENTOS DIEZ MIL EUROS (210.000 €) para el año 2026, que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 05.04.412B.475, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2025, prorrogados para el año 2026. 2. Las ayudas se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los bovinos machos sacrificados con una edad mínima de 7 meses y 110 kg/canal de las razas o morfotipos señaladas. La edad máxima de sacrificio, a efectos de elegibilidad, será de 16 meses para el ganado vacuno. En el caso del ganado equino se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los equinos machos con una edad mínima de 10 meses y un peso al sacrificio de 90 kg/canal de las razas o morfotipos señaladas. La edad máxima de sacrificio a efectos de elegibilidad será de 18 meses. 3. No obstante lo anterior, si los animales han abandonado la explotación de nacimiento, podrán mantener la elegibilidad para la ayuda si han permanecido en la explotación del solicitante un período mínimo de tres meses antes del sacrificio. El control de permanencia en la explotación de los animales subvencionados se hará mediante cruce informático con la base de datos SITRAN. 4. Los criterios de cuantificación de esta ayuda serán los siguientes: — 300 euros por cada ternero o potro elegible hasta los cinco primeros animales sacrificados. — 250 euros por cada ternero o potro elegible desde el sexto hasta el décimo quinto animal sacrificado. — 200 euros por cada ternero o potro elegible desde el décimo sexto hasta el vigésimo quinto animal sacrificado. 5. La ayuda máxima por solicitante no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 6.000 euros por año. 6. Para tener derecho a la subvención, los datos básicos de los animales con derecho a prima deberán coincidir, en el momento de solicitar la ayuda, con la información que existe en la base de datos del Sistema de Identificación y Registro Oficial. 7. Las ayudas a las que hace referencia la Resolución, serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención destinada a las mismas finalidades, procedente de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería, suscritas por el solicitante correspondiente o, en su caso, por su representante legal. Se presentarán en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, nº 2, Santander), en las Oficinas Comarcales de esta Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 31 de agosto incluido. Podrán incluirse en la solicitud de ayuda todos los animales que cumplan las condiciones de elegibilidad y hayan sido sacrificados desde el 1 de septiembre del año anterior al de la solicitud.
Organismo convocante
CANTABRIA — CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Ámbito
Cantabria
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de agosto de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 210.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- ANEXO III ↗
- ANEXO II ↗
- ANEXO I ↗
- Extracto de la Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 21 de abril de 2026, por la que se convocan ayudas de mínimis para estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria para el año 2026. ↗
Bases reguladoras
Orden DES/14/2025 de 2 de abril (BOC NUM 69 de 9 de abril de 2025), por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas de mínimis para estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola