Resolución por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a cooperativas y sociedades laborales por la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 400.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que incorporen, con carácter indefinido, como socios trabajadores o socios de trabajo, a personas desempleadas o trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios, que hayan causado alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 y cumplan los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones. Segundo. Objeto. Ayudas a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que incorporen, con carácter indefinido, como socios trabajadores o socios de trabajo, a personas desempleadas o trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios. Tercero. Bases reguladoras. Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 1 de octubre de 2019, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la incorporación de socios en sociedades cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales (Incorporación Socios). Cuarto. Cuantía. La cuantía total máxima autorizada será de 400.000 euros, fijándose una cuantía máxima adicional de 100.000 euros. Será subvencionable la incorporación con carácter indefinido, como socios trabajadores o socios de trabajo, a personas que cumplan los requisitos establecidos en la base quinta, por alguno de los siguientes importes: a) 10.000 € en el caso de que la persona incorporada se encuentre en situación de exclusión social o tenga reconocida la condición de víctima de violencia de género, víctima de violencia doméstica, víctima del terrorismo o víctima de trata de seres humanos, debidamente acreditada por los Servicios Sociales Públicos correspondientes o los organismos competentes. b) 8.000 € en el caso de que se incorpore a una persona que tenga reconocida por la Administración competente una discapacidad igual o superior al 33%. c) 7.000 € en el caso de que la persona incorporada sea una mujer. d) 5.500 € por cada persona incorporada que no esté incluida en ninguno de los colectivos anteriores. Las cuantías del apartado anterior se incrementarán en 625 € por cada hijo o hija menor de tres años al momento de la incorporación como socio. Cuando la jornada de trabajo del socio incorporado sea a tiempo parcial, las cuantías de los apartados anteriores serán proporcionales a la duración de su jornada. Si el crédito disponible no permitiera la concesión de subvenciones por el importe máximo previsto en estas bases a todos los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, el órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo destinado a las subvenciones entre los beneficiarios, en proporción a la cuantía correspondiente a cada uno de los socios. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Será desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del presente extracto de la Resolución que aprueba la convocatoria hasta el 19 de julio de 2024. Sexto. Otros datos de interés. De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse con la Administración del Principado de Asturias por medios electrónicos. Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0037T01 en el buscador de la cabecera situado en la parte superior derecha de la página) Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 8 de abril de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 85.6 - Actividades auxiliares a la educación; 95.4 - Actividades de intermediación para reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas; 82.4 - Actividades de intermediación para servicios de apoyo a las empresas n.c.o.p.; 43.6 - Actividades de intermediación para servicios de construcción especializada; 96.4 - Actividades de intermediación para servicios personales; 61.2 - Actividades de reventa de telecomunicaciones y servicios de intermediación para telecomunicaciones; 47.9 - Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor; 46.1 - Intermediarios del comercio al por mayor; 82.9 - Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.; 87.9 - Otras actividades de asistencia en establecimientos residenciales; 86.9 - Otras actividades sanitarias; 77.5 - Servicios de intermediación para el alquiler de bienes tangibles y de activos intangibles no financieros; 53.3 - Servicios de intermediación para las actividades postales y de mensajería |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 400.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Resolución de 1 de octubre de 2019, de la Consejería de Industria, Empleo y Promocion Economica, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la incorporacion de socios en sociedades cooperativas de trabajo asociado y socieda
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General