FinalizadaLocalServ. sociales

Convocatoria para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes, anualidad 2024

Plazo de solicitud 31 de octubre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 754225

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Lleida. Presupuesto: 6.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

En fecha 10 de abril de 2024 la Junta de Gobierno local del Ayuntamiento de les Borges Blanques ha acordado aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes, anualidad 2024. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- Bases reguladoras Las bases específicas para el otorgamiento de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes fueron aprobadas inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de noviembre de 2017 y quedaron aprobadas definitivamente en fecha 1 de marzo de 2018. Su publicación íntegra se encuentra en el BOP de Lleida número 27 de fecha 7 de febrero de 2018 y en la web del Ayuntamiento. Segundo.- Objeto Esta convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la rehabilitación, reforma o mejora de viviendas para ser destinadas a vivienda habitual de jóvenes de hasta 35 años, para el año 2024. Tercero.- Cuantía La dotación económica de la convocatoria es de 6.000,00 euros e irá a cargo de la aplicación presupuestaria 1522 48000 del estado de gastos del presupuesto para el ejercicio 2024. La cuantía máxima a percibir por los beneficiarios será del 50% del presupuesto de las obras, con un máximo de 1.000,00 euros por actuación, hasta agotar el crédito previsto por esta convocatoria. Cuarto.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas de hasta 35 años que rehabiliten viviendas para ser destinadas a su vivienda habitual. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Lleida y finalizará el día 31 de octubre de 2024. Sexto.- Órganos competentes para la instrucción y resolución La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por los Servicios Técnicos Municipales, que emitirán informe motivado sobre la valoración e idoneidad de las obras y el cumplimiento de los requisitos exigidos. A la vista del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, la Junta de Gobierno Local resolverá sobre la procedencia del otorgamiento de la subvención. Séptimo.- Otros datos a. Gastos subvencionables Serán subvencionables los gastos de rehabilitación, reforma o mejora de las viviendas que satisfagan los beneficiarios. En ningún caso, se subvencionará la adquisición de bienes inmuebles ni las cantidades satisfechas en concepto de IVA. En el caso de bienes muebles, solo se subvencionarán aquellos que se tengan en cuenta para el cálculo de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. b. Forma y lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes se dirigirán en instancia normalizada al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de les Borges Blanques y podrán presentarse por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente. c. Documentación de la solicitud La documentación a adjuntar a la instancia de la solicitud se especifica en la Base 9ª de las bases específicas. d. Plazo de resolución i notificación El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses desde la presentación de la solicitud. e. Plazo de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionables Las obras tendrán que ejecutarse en el plazo máximo de un año desde la notificación del acuerdo de concesión de la subvención. Se aceptarán actuaciones ya iniciadas o ejecutadas con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, siempre que se hayan llevado a cabo a partir del día 1 de noviembre del año 2023. El plazo de justificación será de un mes desde la finalización de la actuación. En caso de actuaciones ya finalizadas en la fecha de la solicitud, el plazo de un mes se computará desde la recepción de la notificación de concesión. La documentación justificativa se prevé en la Base 12ª de las bases específicas. El Ayuntamiento se reserva las facultades de inspección para comprobar en cualquier momento que el beneficiario hace uso de la vivienda objeto de subvención como vivienda habitual.

Organismo convocante

BORGES BLANQUES, LES — AYUNTAMIENTO DE BORGES BLANQUES, LES

Ámbito

Lleida

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de octubre de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total6.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza reguladora de las bases para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes

Bases reguladoras ↗