Convocatoria para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes, anualidad 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Lleida. Presupuesto: 6.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
En fecha 10 de abril de 2024 la Junta de Gobierno local del Ayuntamiento de les Borges Blanques ha acordado aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes, anualidad 2024. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- Bases reguladoras Las bases específicas para el otorgamiento de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes fueron aprobadas inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de noviembre de 2017 y quedaron aprobadas definitivamente en fecha 1 de marzo de 2018. Su publicación íntegra se encuentra en el BOP de Lleida número 27 de fecha 7 de febrero de 2018 y en la web del Ayuntamiento. Segundo.- Objeto Esta convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la rehabilitación, reforma o mejora de viviendas para ser destinadas a vivienda habitual de jóvenes de hasta 35 años, para el año 2024. Tercero.- Cuantía La dotación económica de la convocatoria es de 6.000,00 euros e irá a cargo de la aplicación presupuestaria 1522 48000 del estado de gastos del presupuesto para el ejercicio 2024. La cuantía máxima a percibir por los beneficiarios será del 50% del presupuesto de las obras, con un máximo de 1.000,00 euros por actuación, hasta agotar el crédito previsto por esta convocatoria. Cuarto.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas de hasta 35 años que rehabiliten viviendas para ser destinadas a su vivienda habitual. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Lleida y finalizará el día 31 de octubre de 2024. Sexto.- Órganos competentes para la instrucción y resolución La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por los Servicios Técnicos Municipales, que emitirán informe motivado sobre la valoración e idoneidad de las obras y el cumplimiento de los requisitos exigidos. A la vista del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, la Junta de Gobierno Local resolverá sobre la procedencia del otorgamiento de la subvención. Séptimo.- Otros datos a. Gastos subvencionables Serán subvencionables los gastos de rehabilitación, reforma o mejora de las viviendas que satisfagan los beneficiarios. En ningún caso, se subvencionará la adquisición de bienes inmuebles ni las cantidades satisfechas en concepto de IVA. En el caso de bienes muebles, solo se subvencionarán aquellos que se tengan en cuenta para el cálculo de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. b. Forma y lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes se dirigirán en instancia normalizada al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de les Borges Blanques y podrán presentarse por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente. c. Documentación de la solicitud La documentación a adjuntar a la instancia de la solicitud se especifica en la Base 9ª de las bases específicas. d. Plazo de resolución i notificación El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses desde la presentación de la solicitud. e. Plazo de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionables Las obras tendrán que ejecutarse en el plazo máximo de un año desde la notificación del acuerdo de concesión de la subvención. Se aceptarán actuaciones ya iniciadas o ejecutadas con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, siempre que se hayan llevado a cabo a partir del día 1 de noviembre del año 2023. El plazo de justificación será de un mes desde la finalización de la actuación. En caso de actuaciones ya finalizadas en la fecha de la solicitud, el plazo de un mes se computará desde la recepción de la notificación de concesión. La documentación justificativa se prevé en la Base 12ª de las bases específicas. El Ayuntamiento se reserva las facultades de inspección para comprobar en cualquier momento que el beneficiario hace uso de la vivienda objeto de subvención como vivienda habitual.
Organismo convocante
BORGES BLANQUES, LES — AYUNTAMIENTO DE BORGES BLANQUES, LES
Ámbito
Lleida
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de abril de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza reguladora de las bases para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a jóvenes