11 de abril de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores
Denominación oficial: Resolución de 11 de abril de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 20.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Personas mayores que reúnan los requisitos establecidos en las Bases reguladoras y detallados en la Resolución por la que se aprueba la convocatoria. Segundo. Finalidad: Concesión de ayudas económicas, por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva, para facilitar el alojamiento y cuidados familiares ordinarios a las personas mayores que, careciendo de hogar adaptado a sus características, opten por vivir con un grupo familiar adecuado. Tercero. Bases reguladoras: Resolución de 4 de junio de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (BOPA de 4 de julio). Cuarto. Importe máximo: El importe máximo de la cuantía no podrá superar los 800 €/mes en los acogimientos de duración indefinida o 31 €/día en los temporales. Una vez calculado el importe mensual o diario de la ayuda, se calculará el total para el año, que en ningún caso podrá ser superior a 6.000 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto. Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0125T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en las que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante Resolución motivada que deberá adoptarse en el plazo máximo de 4 meses contados a partir de la publicación del presente extracto. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 12 de abril de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 20.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Resolución de 4 de junio de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores.