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11 de abril de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores

Denominación oficial: Resolución de 11 de abril de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 754608

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 20.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: Personas mayores que reúnan los requisitos establecidos en las Bases reguladoras y detallados en la Resolución por la que se aprueba la convocatoria. Segundo. Finalidad: Concesión de ayudas económicas, por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva, para facilitar el alojamiento y cuidados familiares ordinarios a las personas mayores que, careciendo de hogar adaptado a sus características, opten por vivir con un grupo familiar adecuado. Tercero. Bases reguladoras: Resolución de 4 de junio de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (BOPA de 4 de julio). Cuarto. Importe máximo: El importe máximo de la cuantía no podrá superar los 800 €/mes en los acogimientos de duración indefinida o 31 €/día en los temporales. Una vez calculado el importe mensual o diario de la ayuda, se calculará el total para el año, que en ningún caso podrá ser superior a 6.000 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto. Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0125T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en las que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante Resolución motivada que deberá adoptarse en el plazo máximo de 4 meses contados a partir de la publicación del presente extracto. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria.

Organismo convocante

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Ámbito

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total20.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Resolución de 4 de junio de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores.