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ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES MUNICIAPLES DESTINADOS A LA JUVENTUD O A SU EQUIPAMIENTO

Plazo de solicitud 2 de julio de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 757857

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 100.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Entidades destinatarias Serán destinatarios de estas subvenciones los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Pontevedra. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos que no estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal Tributaria, con la Hacienda de la Xunta de Galicia, con la Diputación de Pontevedra o con la Seguridad Social. En lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda provincial, se estará a lo dispuesto en los artículos 10.10 y 27.3 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Pontevedra y en el apartado 4 de la base 25 de las Bases de ejecución del Presupuesto, referido a la compensación de deudas con las entidades locales. 2. Objeto Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento y la convocatoria de subvenciones, dirigidas a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Pontevedra, para financiar el equipamiento de las instalaciones y locales destinados a la juventud. 3. Bases reguladoras Las bases reguladoras se aprobaron por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Pontevedra del 26 de abril de 2024 y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) núm. 85, de 2 de mayo de 2024. 4. Cuantía La dotación presupuestaria para llevar a cabo esta convocatoria de subvenciones para el año 2024 asciende a la cantidad de cien mil (100.000) euros. Se establecen como cuantías máximas disponibles para cada ayuntamiento las detalladas en el anexo I. Los ayuntamientos destinatarios deberán aportar como mínimo un 20 % del coste total de la actuación subvencionable. De existir remanente, este se distribuirá de forma proporcional entre todas las entidades solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria y que acrediten que la aportación propia a la inversión supera el 30 % del coste total, en caso de ayuntamientos de reto demográfico, y el 40 % en el resto de ayuntamientos. 5. Plazo de presentación El plazo para la presentación de solicitudes será de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases y del extracto de la convocatoria en el BOPPO y en la BDNS. 6. Otros datos de interés Podrán subvencionarse en virtud de esta convocatoria las siguientes actuaciones: • Adquisición de equipamientos inventariables necesarios para el funcionamiento del local destinado al uso de la juventud: la adquisición de equipamiento y mobiliario básico, equipamiento de oficina, equipamiento informático y equipamiento acústico y audiovisual. • Otro material inventariable que contribuya a la mejora de las dotaciones y equipamientos de los locales para la juventud. No serán subvencionables los gastos de inversión en obra o reforma, de adquisición de locales, ni gastos corrientes de mantenimiento, tales como material fungible, agua, luz, teléfono, alquileres de locales, telefonía y cualquier otro de similar naturaleza. Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024. La concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 de la LSG. En el reparto se primará a los ayuntamientos considerados de reto demográfico, que, para el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, son los municipios de hasta 5.000 habitantes y los de menos de 20.000 habitantes en que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes, por lo que se pueden considerar núcleos rurales. Teniendo en cuenta que la despoblación es un fenómeno que se observa a nivel local, especialmente en áreas rurales, este grupo de ayuntamientos requiere una especial atención por parte de las administraciones públicas, y en particular de esta institución.

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA — XUVENTUDE E RETO DEMOGRÁFICO

Ámbito

Pontevedra

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudes3 de mayo de 2024
Fecha fin de solicitudes2 de julio de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total100.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES MUNICIAPLES DESTINADOS A LA JUVENTUD O A SU EQUIPAMIENTO

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