FinalizadaLocalServ. sociales

Subvenciones para promover la igualdad entre mujeres y hombres, así como el respecto a la diversidad en la orientación afectiva-sexual, en el municipio de Alzira para el año 2024

Plazo de solicitud 29 de mayo de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 758868

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 700 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

PRIMERA. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria pública es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar al desarrollo de proyectos de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, así como de igualdad en la diversidad en la orientación afectivo-sexual, ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el municipio de Alzira en el ejercicio 2024. SEGUNDA. Requisitos de las entidades solicitantes. Podrán solicitar estas ayudas las entidades a quienes corresponda la titularidad del centro o servicio que desarrollan los proyectos objeto de la presente subvención. Las entidades tendrán que tener implantación en el ámbito municipal o atender personas del municipio de Alzira. Las entidades tendrán que haber desarrollado actividades permanentes al menos durante un periodo de dos años previos a su solicitud y estar registradas en el Registro Municipal de Asociaciones. En el caso de asociaciones, será considerado requisito necesario estar debidamente registradas como tales de acuerdo con la normativa vigente, así como estar reconocidas oficialmente por los organismos públicos competentes. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentran en cualquier de las situaciones de prohibición según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. TERCERO. - Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020. CUARTO. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. QUINTO.- Cuantía total máxima de las ayudas convocadas: Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se imputarán dentro de los límites presupuestarios con cargo a la partida 2316 48000, con denominación “Subvenciones a entidades promotoras de la igualdad” del presupuesto municipal para el ejercicio 2024, por una cuantía total máxima de 4.000 euros, destinada a la presente convocatoria. SEXTO. Documentación que deberá acompañar la solicitud. Las entidades solicitantes tendrán que aportar la siguiente documentación: - Instancia firmada por quien ostente la representación legal de la entidad solicitante, según el modelo previsto a la sede electrónica del Ayuntamiento, en la cual se hará constar el proyecto de actividades para el cual se solicita la subvención. - Proyecto en el cual se incluirá información completa y detallada. Como mínimo, el proyecto contendrá: 1. Título del proyecto. 2. Responsable o responsables. 3. Justificación. 4. Objetivos. 5. Población beneficiaria. 6. Actividades. 7. Temporalización. 8. Recursos humanos y materiales necesarios, aportando currículum e indicando la categoría profesional de quien vaya a dirigir o realizar la actividad. 9. Presupuesto total desglosado de la actividad a realizar, indicando ingresos y gastos por conceptos. 10. Evaluación. 11. Posibilidad de continuación de la actividad. - Acreditación de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud, acompañados de copia de su DNI. - En el caso de solicitar la subvención por primera vez, estatutos de la entidad. SÉPTIMO.- Resolución: El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para comunicar la resolución o acuerdo de concesión o denegación de las ayudas será de seis meses, a contar desde la publicación de la convocatoria. OCTAVO. Justificación y pago: Las ayudas se abonarán previa justificación. Para el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la cuenta justificativa, según modelo del Anexo II de esta convocatoria antes del 15 de noviembre.

Organismo convocante

ALZIRA — AYUNTAMIENTO DE ALZIRA

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación6 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudes16 de mayo de 2024
Fecha fin de solicitudes29 de mayo de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total700 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira

Bases reguladoras ↗