SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHICULOS ELÉCTRICOS PUROS (MEDIDA III)
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHICULOS ELÉCTRICOS PUROS (MEDIDA III)
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Fuerteventura. Presupuesto: 76.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la resolución de 6 de mayo de 2024 de la Consejera Insular Delegada de Industria, Actividades Clasificadas, Desarrollo Económico y Seguridad del Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura, por la que se convocan subvenciones a la adquisición de vehículos eléctricos puros (MEDIDA III) anualidad 2024. Primero. Objeto. El objeto de las presentes bases es establecer las normas por las que se regirá la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la disposición dineraria a la adquisición directa de vehículos 100 % eléctricos nuevos (procedentes de fábrica) en régimen de propiedad. Categorías: - Turismos M1 - Furgonetas o camiones ligeros N1 Plazo de adquisición de los vehículos: desde el 16 de agosto de 2023 hasta el 31 de julio de 2024. Plazo de justificación de la subvención: 15 días desde la resolución definitiva de concesión. Segundo. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, titulares de los vehículos nuevos adquiridos que residan o tengan su domicilio social y fiscal en Fuerteventura, que pretendan realizar las actuaciones recogidas en el objeto de las presentes bases reguladoras y reúnan los siguientes requisitos: residencia /domicilio social y fiscal, habitual e ininterrumpida en Fuerteventura al menos durante los 2 últimos años, mantener la titularidad del vehículo durante un mínimo de 5 años y prohibición de traslado del vehículo fuera de la Isla para uso comercial y/o de alquiler. En ningún caso se atenderá más de una solicitud por unidad familiar y convocatoria. Tercero. Bases reguladoras: Publicadas en el B.O.P. de Las Palmas nº 51 de fecha 26 de abril de 2024. Cuarto. Importe de la subvención. El crédito presupuestario es de 108.000,00 ¿ con el siguiente desglose: - 28.000,00.-¿ con cargo a la partida 70130 4250A 7700224 (SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PUROS (EMPRESAS) (MEDIDA III). - 80.000,00-¿ con cargo a la partida 7130 4250A 7890324 (SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PUROS (FAMILIAS) (MEDIDA III). La cuantía asignada a la convocatoria podrá verse incrementada con otros créditos disponibles como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito que pudieran destinarse a tales fines, sin que dicho incremento requiera de nueva convocatoria. La cuantía de la subvención a conceder será de 4.000,00.-¿ euros por solicitud. Los criterios básicos que se tendrán en cuenta vendrán determinados por los siguientes conceptos en orden decreciente de importancia: a) Lista de reserva de una anualidad anterior (70 puntos) b) Vehículos adquiridos antes de la fecha de solicitud (50 puntos) c) Nivel de renta (de 0 a 40 puntos) d) No haber sido beneficiario en anteriores convocatorias (20 puntos) Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes. El plazo concluirá el mismo día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia del mes siguiente. Sexto. Otros datos. Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del bien subvencionado.
Organismo convocante
CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA
Ámbito
Fuerteventura
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 7 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 76.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PUROS (MEDIDA III)