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SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHICULOS ELÉCTRICOS PUROS (MEDIDA III)

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHICULOS ELÉCTRICOS PUROS (MEDIDA III)

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 759244

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Fuerteventura. Presupuesto: 76.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Extracto de la resolución de 6 de mayo de 2024 de la Consejera Insular Delegada de Industria, Actividades Clasificadas, Desarrollo Económico y Seguridad del Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura, por la que se convocan subvenciones a la adquisición de vehículos eléctricos puros (MEDIDA III) anualidad 2024. Primero. Objeto. El objeto de las presentes bases es establecer las normas por las que se regirá la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la disposición dineraria a la adquisición directa de vehículos 100 % eléctricos nuevos (procedentes de fábrica) en régimen de propiedad. Categorías: - Turismos M1 - Furgonetas o camiones ligeros N1 Plazo de adquisición de los vehículos: desde el 16 de agosto de 2023 hasta el 31 de julio de 2024. Plazo de justificación de la subvención: 15 días desde la resolución definitiva de concesión. Segundo. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, titulares de los vehículos nuevos adquiridos que residan o tengan su domicilio social y fiscal en Fuerteventura, que pretendan realizar las actuaciones recogidas en el objeto de las presentes bases reguladoras y reúnan los siguientes requisitos: residencia /domicilio social y fiscal, habitual e ininterrumpida en Fuerteventura al menos durante los 2 últimos años, mantener la titularidad del vehículo durante un mínimo de 5 años y prohibición de traslado del vehículo fuera de la Isla para uso comercial y/o de alquiler. En ningún caso se atenderá más de una solicitud por unidad familiar y convocatoria. Tercero. Bases reguladoras: Publicadas en el B.O.P. de Las Palmas nº 51 de fecha 26 de abril de 2024. Cuarto. Importe de la subvención. El crédito presupuestario es de 108.000,00 ¿ con el siguiente desglose: - 28.000,00.-¿ con cargo a la partida 70130 4250A 7700224 (SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PUROS (EMPRESAS) (MEDIDA III). - 80.000,00-¿ con cargo a la partida 7130 4250A 7890324 (SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PUROS (FAMILIAS) (MEDIDA III). La cuantía asignada a la convocatoria podrá verse incrementada con otros créditos disponibles como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito que pudieran destinarse a tales fines, sin que dicho incremento requiera de nueva convocatoria. La cuantía de la subvención a conceder será de 4.000,00.-¿ euros por solicitud. Los criterios básicos que se tendrán en cuenta vendrán determinados por los siguientes conceptos en orden decreciente de importancia: a) Lista de reserva de una anualidad anterior (70 puntos) b) Vehículos adquiridos antes de la fecha de solicitud (50 puntos) c) Nivel de renta (de 0 a 40 puntos) d) No haber sido beneficiario en anteriores convocatorias (20 puntos) Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes. El plazo concluirá el mismo día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia del mes siguiente. Sexto. Otros datos. Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del bien subvencionado.

Organismo convocante

CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA

Ámbito

Fuerteventura

Categoría

Energía

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación7 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económico43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total76.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PUROS (MEDIDA III)

Bases reguladoras ↗