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Resolución, de 10/05/2024, de la DG de Agricultura y Ganadería, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas mejorar las

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 761278

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 1,4 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Personas beneficiarias. Podrán optar a la condición de persona beneficiaria de estas ayudas: a) En el caso de las actuaciones comprendidas en el punto A) y B) del apartado segundo de esta resolución las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia integradas en su mayoría por personas que se dediquen a la apicultura, deberán cumplir los siguientes requisitos: i) Ser titular de una explotación apícola en la comunidad de Castilla-La Mancha, incluidas aquellas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias. ii) Llevar realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año de presentación de la solicitud de ayuda, a excepción de quienes hubieran iniciado la actividad a través de un cambio de titularidad de explotaciones en estado de alta con anterioridad a esa fecha o quienes siendo el mismo titular cambien la ubicación principal de la explotación manteniendo la actividad dentro de Castilla-La Mancha, en caso de que el traslado sea a o desde otra CCAA no se aplicaría esta excepción. Además, quedará exenta del requisito anterior la creación de figuras asociativas o personas jurídicas integradas por apicultores/as que lo fuesen antes del 1 de enero del año de presentación de la solicitud, o la creación de explotaciones de titularidad compartida en la que uno de los miembros fuera apicultor o apicultora con anterioridad a esa fecha. En estos casos se adjuntará junto a la solicitud, un certificado expedido por la Oca de nuevo destino donde se refleje la trazabilidad del anterior Rega y el nuevo. iii) Haber llevado a cabo la declaración de censo anual obligatoria correspondiente a la campaña anterior a la campaña de la ayuda. iv) Realizar, al menos, un tratamiento al año frente a varroosis, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa Nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel y en los términos que precisa la Resolución 07/02/2020 de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se aprueba el Plan Sanitario Apícola de Castilla La Mancha. Aquellas solicitudes cuyos tratamientos obligatorios no estén realizados en el intervalo de fechas indicado por la legislación, quedaran fuera de la ayuda. Los tratamientos se presentarán por la unidad ganadera virtual siendo grabados por el veterinario/a responsable de la explotación antes del fin del plazo de presentación de solicitud de la ayuda. Junto a la grabación de la fecha de tratamiento, se aportarán las recetas en pdf y las correspondientes anotaciones en el libro de tratamientos, los campos a rellenar en la unidad ganadera virtual serán la fecha del tratamiento, el número de colmenas tratadas para justificar el tratamiento, identificando la asociación a la que pertenece si procede, el nombre comercial del tratamiento utilizado, el número de envases y el número de receta). v) Tener nombrado un/a veterinario/a responsable, el cual deberá encontrarse autorizado conforme a lo dispuesto en el Decreto 21/2004, de 24 de febrero, por el que se regula la autorización de veterinarios en Castilla-La Mancha, para la certificación de los requerimientos exigidos por la normativa veterinaria (DOCM nº 33, de 10/03/04) vi) Disponer de un seguro de responsabilidad civil para la actividad apícola, en vigor durante toda la campaña apícola. vii) Cumplir el resto de previsiones contenidas en el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de or denación de las explotaciones apícolas. b) En el caso de las actuaciones comprendidas en el punto B) del apartado segundo de esta resolución, podrán optar, por una parte, las cooperativas apícolas, incluidas aquellas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior. Segundo. Objeto Convocar, en el marco de la campaña apícola 2024, las ayudas para las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y c omercialización de los productos apícolas en Castilla-La Mancha, en base a lo establecido en la Orden 135/2023, de 24 de junio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural en la que se precisan las bases reguladoras de las ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras. Orden 135/2023, de 24 de junio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, se precisan las bases reguladoras de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha. Dicha orden ha sido modificada por la orden 38/2024 de 15 de marzo publicada en el DOCM nº 59 de 22 de marzo, y por la Orden, 51/2024 de 12 de abril, publicada en el DOCM nº 77 de 19 de abril. Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima de las ayudas en cada acción subvencionable, dentro de cada tipo de intervención será la siguiente: A. Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, información e intercambio de mejores prácticas, en particular mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores/as y organizaciones de apicultores/as A.1. Contratación directa de técnicos y especialistas para información y asistencia a apicultores/as y a miembros de agrupaciones de apicultores/as en aspectos de sanidad apícola, lucha contra agresiones de la colmena, análisis de laboratorio (para el análisis de productos apícolas, la pérdida de abejas o las caídas de la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para las abejas como pesticidas), cría y selección, incluyendo la cría de reinas, optimización ambiental de explotaciones y asesoramiento global en producción y gestión apícola, sobre prácticas de manejo en materia de adaptación al cambio…

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL AGRICULTURA Y GANADERÍA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación15 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1,4 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 135/2023, de 24 de junio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, se precisan las bases reguladoras de l