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15/05/2024, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acci

Denominación oficial: Resolución de 15/05/2024, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acci

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 761476

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 10,9 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación e inscripción en el Registro de entidades, en su caso, conforme a la normativa vigente de Formación Profesional en el ámbito laboral. Podrán tener la condición de beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 de la de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Las empresas que faciliten la realización de prácticas profesionales no laborales podrán ser beneficiarias de las compensaciones económicas en los términos previstos en los artículos 37 y 38 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Segundo. Objeto Convocar la concesión de subvenciones para el ejercicio 2024, para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral para personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I). Tercero. Bases reguladoras Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización. [2020/9749]. (D.O.C.M. nº 235, de 20 de noviembre de 2020), modificada por Orden102/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ( DOCM, nº 130, de 9 de julio de 2021); por la Orden 106/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 110, de 9 de junio de 2022) y por la Orden 79/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 76, de 20 de abril de 2023). Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones. Las subvenciones que se convocan al amparo de la presente resolución se financiarán con fondos finalistas del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, destinándose un importe total máximo de 10.907.000,00 euros. La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las entidades que deseen acceder a las subvenciones que contempla esta convocatoria, podrán presentar la solicitud mediante el envío telemático de los datos, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales serán digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. Sexto. Otros datos. Forma de pago: Las entidades beneficiarias, una vez dictada la resolución de concesión, podrán solicitar un pago con carácter previo al inicio de la actividad formativa por importe del 25 por ciento del importe concedido. Igualmente, podrán solicitar el pago de un 35 por ciento adicional, una vez acreditado el inicio de la actividad formativa. El 40 por ciento restante del importe concedido se hará efectivo, una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada. Por otra parte, podrá solicitarse el pago anticipado de las ayudas de transporte, manutención y alojamiento por un importe del 40%, cuando se trate de la realización de las acciones formativas asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y concurran los supuestos establecidos en resuelvo decimoctavo, apartado 6, de la Resolución de convocatoria. Justificación de la subvención: En el plazo de 2 meses tras la finalización de la formación (excluyendo las prácticas profesionales), el/la beneficiario/a deberá justificar la subvención conforme a lo establecido en el artículo 21.4 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre.

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Empleo

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación16 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector económico93.1 - Actividades deportivas; 85.5 - Otra educación
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10,9 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evalu