14/05/2024, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficienci
Denominación oficial: Resolución de 14/05/2024, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficienci
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 3,4 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/761607 https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/761616 Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria. http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index Primero. Objeto y finalidad. 1. La presente resolución convoca, en régimen simplificado de concurrencia, las ayudas dirigidas a la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares, en cumplimiento de los objetivos establecidos en el anexo a la Decisión de Ejecución del Consejo (CID, en sus siglas en inglés), de 16 de junio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, para el año 2024. 2. La finalidad de las ayudas es mejorar la eficiencia energética en las viviendas de Castilla-La Mancha. Segundo. Personas beneficiarias Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas: a) Las personas físicas que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas. b) Las personas jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias o usufructuarias de viviendas. c) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de inmuebles destinados a vivienda. Tercero. Bases reguladoras. Las subvenciones a que se refiere la presente resolución, además de lo previsto por la misma, se regirá por sus bases reguladoras, aprobadas por la Orden 58/2022, de 10 de marzo, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 52 de 16 de marzo de 2022, modificada por la Orden 228/2022, de 30 de noviembre (Publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 232 de 2 de diciembre de 2022) y la Orden 21/2024, de 8 de febrero, de la Consejería de Fomento (Publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 33 de 15 de febrero de 2024; por lo establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, aplicándose lo dispuesto en el Título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto-Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones. Asimismo, la tramitación de estas ayudas se ajustará a lo establecido en la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación. Cuarto. Financiación. 1. La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de ayudas será de 1.525.099,03€, con cargo al presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2024 y 2025, de acuerdo al siguiente desglose: Partida presupuestaria Cuantía anualidad 2024 Cuantía anualidad 2025 Total 17060000/G/431A/72000 5.000,00€ 5.000,00€ 10.000,00€ 17060000/G/431A/76000 8.062,03€ 10.000,00€ 18.062,03€ 17060000/G/431A/77000 30.000,00€ 70.000,00€ 100.000,00€ 17060000/G/431A/78173 100.000,00€ 1.297.037,00€ 1.397.037,00€ Total 1.525.099,03€ La indicada distribución por partidas presupuestarias y anualidades tiene carácter estimativo y podrá modificarse, en su caso, a través del correspondiente expediente de modificación presupuestaria, antes del agotamiento del crédito total establecido en la presente resolución, sin necesidad de nueva convocatoria, a la vista de las solicitudes presentadas y en aras de optimizar los recursos económicos asignados al programa de ayudas. 2. La cuantía total máxima podrá incrementarse, previa tramitación del oportuno expediente de gasto, antes de la última resolución de concesión, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes. El nuevo importe que resulte del incremento será comunicado a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha con anterioridad al dictado de la última resolución de concesión. 3. Estas ayudas serán objeto de financiación con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, al estar incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y han sido objeto de notificación a la Comisión. Quinto. Actuaciones subvencionables y cuantía máxima de ayuda. 1. Tendrán la consideración de subvencionables las actuaciones enumeradas a continuación, siempre que se inicien con posterioridad al 1 de febrero de 2020, y en viviendas radicadas en Castilla-La Mancha, que constituyan el domicilio habitual y permanente de alguna persona física, en calidad de propietaria, usufructuaria o arrendataria, en el momento de solicitar la ayuda: a) Actuaciones que se realicen en viviendas, sean unifamiliares o pertenezcan a edificios plurifamiliares, en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%. b) Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de…
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 24 de mayo de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de julio de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 43 - Actividades de construcción especializada; 68 - Actividades inmobiliarias; 41 - Construcción de edificios |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 3,4 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Financiación europea | Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 58/2022, de 10 de marzo