AbiertaAutonómicaCultura

Convenio coa asociación amigos da ópera de santiago

Denominación oficial: CONVENIO COA ASOCIACIÓN AMIGOS DA ÓPERA DE SANTIAGO

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 762471

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 18.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda ya está adjudicada, por lo que no puedes presentarte; el dinero ya tiene a su destinatario y solo se publica por transparencia. Se trata de una subvención de 18 000 euros, sin devolución, destinada a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica y que quieran impulsar proyectos culturales. El apoyo viene de la Consejería de Cultura, Lengua y Juventud de la Xunta de Galicia.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

GALICIA — CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD

Ámbito

GALICIA

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación21 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total18.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

NON TEN