Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la adquisición de Fondos bibliográficos a Entidades Locales de la provincia de Cáceres 2024
Denominación oficial: Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la adquisición de Fondos bibliográficos a Entidades Locales de la provincia de Cáceres 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Cáceres. Presupuesto: 150.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1.- OBJETO Y ENTIDADES DESTINATARIAS DE LA CONVOCATORIA. EXCLUSIONES La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de subvenciones a entidades locales para la adquisición de fondos bibliográficos para adecuar el tamaño de las colecciones de las bibliotecas públicas municipales y agencias de lectura de la provincia de Cáceres e incrementar sus fondos adecuadamente, al amparo del convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Cáceres y la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura para la mejora en la prestación del servicio público de Bibliotecas. ENTIDADES DESTINATARIAS: Ayuntamientos y Entidades Locales Menores. 2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres 2024, en las aplicaciones 05.3340.76200, dotada con un importe de 148.800,00 € y 05.3340.76800, dotada con 1.200,00 €. 3.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES: Para poder participar en esta convocatoria los Ayuntamientos o Entidades Locales Menores deberán acreditar que las bibliotecas y/o agencias de lectura en el momento de solicitar la participación se encuentran abiertas al público, a través del Certificado indicado en las bases. Y, además, que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS. 4.- SOLICITUDES La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres. La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fase de reintegro. La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto. Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es. Plazo de Presentación de las solicitudes: Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. 5.- DOCUMENTOS Cada entidad podrá presentar una única solicitud de ayuda. Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácter obligatorio: ANEXO, según modelo que se incorpora en las presentes bases y tendrá carácter obligatorio. Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”. 6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN: No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa. La cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad solicitante estará en función de los criterios de valoración establecidos en la BASE SEGUNDA de la Convocatoria, acordados entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura. Los datos relativos a estos criterios serán certificados por el Secretario de cada Ayuntamiento o Entidad Local Menor ó facilitados por la Junta de Extremadura, según se detalla en las bases de la convocatoria. El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la BASE SEGUNDA. 7.- OTROS DATOS DE INTERÉS Las ayudas serán prepagables al 100%. - Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024. - Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2025.
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
Ámbito
Cáceres
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 150.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO MODIFICACIÓN BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE FONDOS BIBLIOGRÁFICOS A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES DURANTE 2024 ↗
- EXTRACTO DE Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la adquisición de Fondos bibliográficos a Entidades Locales de la provincia de Cáceres 2024. ↗
Bases reguladoras
Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la adquisición de Fondos bibliográficos a Entidades Locales de la provincia de Cáceres 2024.