De 22 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones a la contratación de seguros agrarios en el marco del cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2024)
Denominación oficial: Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones a la contratación de seguros agrarios en el marco del cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2024)
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 6,0 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: la puedes solicitar si cumples los requisitos y mientras haya fondos, sin que tu solicitud se compare con otras. Es una subvención en efectivo destinada a pymes y a personas físicas que tengan una actividad económica en el sector agrícola, pesquero o alimentario en Andalucía. El objetivo es financiar la contratación de seguros agrarios combinados, con un presupuesto total de más de seis millones de euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): 763876 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA. La Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, desarrollada por el Reglamentoaprobado mediante el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para laaplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, prevé el establecimientoanual del Plan de Seguros Agrarios Combinados, en el que se determinan las producciones que son asegurables, lasfechas de suscripción de los seguros y las subvenciones estatales que tendrá su constitución.De acuerdo con la citada Ley, el Consejo de Ministros aprueba anualmente el Plan de Seguros Agrarios Combinados en el que se regulan todas las líneas de aseguramiento que se pueden suscribir, así como los porcentajes de subvención aplicables a cada una de ellas. El cuadragésimo quinto Plan de Seguros AgrariosCombinados (Plan 2024) fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, publicadoen el BOE núm. 311, de 29 de diciembre.El Decreto 63/1995, de 14 de marzo, que regula las subvenciones a los seguros agrarios en Andalucía, estádesarrollado por la Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de lassubvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía, a la suscripción de segurosagrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en el momento de la contratación (BOJA núm. 212, de 6 de noviembre) y a tal efecto dispone que la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y DesarrolloRural subvencionará, con cargo a sus presupuestos, una parte del coste de las primas de los seguros agrarios queestén incluidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros. El artículo 4.1 de dicha orden dispone que con carácter anual, mediante la correspondiente convocatoria, se establecerá la forma y cuantía de la ayuda, que podrá variar en función del plan de seguros, de la línea de seguro y dela opción o módulo de aseguramiento, y en el artículo 6.2 se dispone que las subvenciones se concederán con cargoa los créditos presupuestarios, que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará lacuantía total máxima destinada a cada línea de subvención. Las subvenciones a los seguros agrarios que establece el Plan de Seguros Agrarios Combinados tienen naturaleza de ayuda de Estado y cumplen con lo establecido en las Directrices aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales, publicadas mediante Comunicación de la Comisión Europea (2022/C485/01). Así, la ayuda contemplada en dicho Plan ha sido reconocida como compatible con el mercado interior comunitario en virtud de la Decisión de la Comisión Europea de 21 de diciembre de 2023 (Ayuda n.º SA.109911 (2023/N)) hasta el 31 de diciembre de 2024. En virtud de lo establecido en la normativa antes referenciada, y a propuesta de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo1/2010, de 2 de marzo, RESUELVO Primero. Convocatoria.1. Aprobar la convocatoria de las subvenciones a la contratación de seguros agrarios en el marco del cuadragésimoquinto Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2024), para las modalidades de aseguramiento incluidas en el anexo I de esta orden, contratadas durante el año 2024, así como establecer las determinaciones en relación con estas subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 4 y 6 de la Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía, a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en elmomento de la contratación.2. La información asociada al procedimiento de subvenciones a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, está disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, en el procedimiento RPS núm. 25417, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Junta de Andalucía:https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25417 Segundo. Beneficiarios.Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones aquellas que cumplan los requisitos y condiciones exigidos por el artículo 3 de la Orden de 26 de octubre de 2023 y que no hayan renunciado a la misma mediante manifestación expresa en la póliza contratada. Tercero. Financiación.Las subvenciones de la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito del presupuesto de la Junta de Andalucía para los ejercicios 2024 y 2025, consignados en la partida presupuestaria 1400010000G/71B/47203/00 01.Su concesión quedará limitada a las disponibilidades presupuestarias de dicho ejercicio económico. Cuarto. Cuantía y límites. 1. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se establece en 5.047.266,16 euros (4.047.266,16 euros con cargo a la anualidad 2024 y 1.000.000 euros con cargo a la anualidad 2025). 2. Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del TextoRefundido de la Ley de Hacienda Pública de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, en el caso de que se produzcan aumentossobrevenidos de crédito, se actuará según lo…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la JA a la suscripción de seguros agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en el momento de contra
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 28 AYUDAS DESTINADAS AL PAGO DE PRIMAS DE SEGUROS Y A CONTRIBUCIONES FINANCIERAS A FONDOS MUTUALES
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)