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DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2024.

Denominacion oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2024.

Estado

No disponible

💰Importe

20.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Zaragoza. Presupuesto total: 20.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

La presente convocatoria de subvenciones se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se corresponde con la Línea de subvención en materia de turismo, art.12, del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2027 publicado en el BOPZ núm. 65 de fecha 20 de marzo de 2024, y las modificaciones posteriores, rigiéndose por la Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca de Valdejalón, publicada en el BOPZ núm. 144 de fecha 22 de mayo de 2019 en cuanto no contradiga lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley Subvenciones de Aragón, Ley 7/1999, de 2 de abril, de Administración Local de Aragón, y el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón. Primero. – Objeto. El objeto de la convocatoria es el apoyo y promoción de programas de turismo tanto patrimonial como natural en el territorio de la Comarca de Valdejalón y el apoyo al desarrollo del tejido asociativo de la zona. Será condición indispensable que el programa o actividad objeto de subvención se desarrolle en alguno o algunos de los municipios que integran la Comarca de Valdejalón Segundo. - Período de ejecución de la actividad. Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas y efectivamente pagadas entre el 01 de enero y el 28 de octubre de 2024. Tercero. - Gastos subvencionables. Podrán ser objeto de subvención los programas referidos a los siguientes sectores específicos y en las modalidades que se enumeran a continuación: a) Organización de Actividades de promoción y difusión turística. b) Organización de ferias, exposiciones, congresos dentro del ámbito turístico c) Edición de videos, folletos y mapas turísticos d) Organización de Actividades dirigidas a fomentar el conocimiento del natural y patrimonial de la Comarca de Valdejalón. e) Publicaciones y material de difusión de contenido estrictamente turístico (patrimonial, turístico e inmaterial) entendiendo como tal el relativo a cualquiera de los aspectos relacionados en los puntos anteriores. Modalidades: Actividades y proyectos relacionados con los sectores indicados, tales como, a título orientativo, a) Actividades de difusión turística de la comarca, dirigidas al conocimiento del entorno turístico patrimonial y natural de la Comarca. b) Organización de Actividades dirigidas a fomentar el conocimiento del medio natural y patrimonial próximo. e) Publicaciones y material de difusión de contenido estrictamente turístico y medioambiental entendiendo como tal el relativo a cualquiera de los aspectos relacionados en los puntos anteriores. f) Tratamientos silvícolas del patrimonio natural: desbroces, clareos, podas, reposición de señalética dañada…(cuando no constituyan en sí mismos, sin más, el proyecto a subvencionar) Asimismo, podrán subvencionarse las nóminas del personal que efectivamente haya realizado el proyecto u actividad, siempre que se incorpore certificado expedido por el secretario de la Entidad acreditativo de este extremo, así como el porcentaje de jornada dedicado a la realización de la actividad. Podrán incluirse como gastos subvencionables los premios de concursos, siempre que sean abonados mediante transferencia bancaria o cheques y cumplan con la oportuna normativa fiscal. Será la asociación beneficiaria de la subvención la responsable del cumplimiento de la normativa fiscal respecto de los abonos de premios, cheques etc… No serán gastos subvencionables: Facturas de comidas, aperitivos o similares. Inversiones en señalización de nuevos senderos (solo será subvencionable el mero mantenimiento de señalética dañada). Detalles, regalos, merchandising o similares entregados en las actividades. Inversiones que supongan nuevas obras y no mero mantenimiento patrimonial Alquileres de locales; gastos de transporte o estancia relativos a viajes meramente recreativos. A tal efecto, en el caso de que la actividad subvencionada implique desplazamiento, solo será subvencionable el importe de las entradas o guía turístico, al acto o instalaciones objeto de la subvención, pero no el transporte; facturas de comidas, aperitivos, bebidas o similares; gastos ordinarios no relacionados directamente con el proyecto subvencionado; premios en metálico; facturas de teléfono; combustibles y similares. Igualmente, no se subvencionarán proyectos relacionados con: a) Memorias o estudios relativos a auditorías ambientales, así como estudios de impacto ambiental de actividades que deban someterse a evaluación ambiental (Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón) Cuarto. - Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas. 1. El importe total de la subvención a conceder por la Comarca de Valdejalón no superará el 80% del programa/actividad subvencionable, debiendo justificarse la subvención concedida en la forma y por el importe definido en la base decimotercera. El importe máximo de la subvención concedida por la comarca de Valdejalón a cada asociación o entidad sin ánimo de lucro no podrá superar el importe de 5.000,00 €. 2. Esta subvención no será compatible con otras subvenciones concedidas por parte de la Comarca de Valdejalón. Cada asociación o entidad sin ánimo de lucro solo podrá concurrir a una línea de subvenciones de las aprobadas por la Comarca de Valdejalón. 3. Esta subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma actividad procedentes de otras Administraciones o Entidad Públicas, en cuyo caso, la suma de las mismas no podrá suponer más de 80% del coste de la actividad subvencionada. Si la suma de ayudas públicas superase dicho porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion29 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total20.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector economicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA

Informacion completa

Bases reguladorasBASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2024.
Publicacion en diario oficialSi
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Ultima actualizacion BD2026-07-20T13:08:28.882771