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AGA/633 /2024, de 29 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales para el año 2024

Denominación oficial: ORDEN AGA/633 /2024, de 29 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales para el año 2024

Plazo de solicitud 9 de julio de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 764482

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 592.779 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. - Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica titulares de explotaciones de ganado ovino y caprino en régimen extensivo que cumplan los siguientes requisitos: Estar ubicadas en los municipios descritos en el anexo I o que, no estando ubicadas en esos municipios, puedan acreditar la utilización de pastos en alguno de los citados términos municipales un mínimo de 90 días seguidos, al menos durante las últimas cinco campañas. Esta condición no se aplicará en el caso de explotaciones con Plan de incorporación de jóvenes al amparo del último Plan de Desarrollo Rural para Aragón (en adelante, PDR) o al amparo del nuevo Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027 (en adelante PEPAC 2023-2027). Tener la explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Aragón, y tener el ganado identificado y saneado de acuerdo con la normativa aplicable al efecto. Tener contratado un seguro ganadero que cubra las incidencias provocadas por fauna silvestre en vigor en la fecha de presentación de la solicitud. No superar el límite establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, que dispone que el importe total de las ayudas de minimis concedidas a un único beneficiario no excederá de 20.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Segundo. - Objeto. Esta orden tiene por objeto convocar para el año 2024 subvenciones destinadas a las personas o entidades titulares de explotaciones ganaderas extensivas de ganado menor (ovino y caprino) en zonas de presencia del oso pardo y/o del lobo en Aragón. Tercero. - Bases reguladoras. Orden AGM/997/2022, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales. Cuarto - Gastos subvencionables. Tendrán el carácter de gastos subvencionables de la actividad objeto de subvención los siguientes: Los de adquisición de los bienes y equipos subvencionables. Los de las obras para la implantación de los bienes y equipos subvencionables. Los de adquisición de perros de raza mastín, un mastín por explotación ganadera cada dos años, con un máximo de dos mastines por explotación ganadera que posea hasta 500 cabezas de ganado y un mastín más por cada 250 cabezas de ganado adicionales que disponga la explotación, hasta un máximo de 4 mastines por solicitante. Asimismo, los gastos inherentes a su registro en RIACA y los de suscripción de un seguro de responsabilidad civil. No se considerará gasto subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando sea susceptible de recuperación o compensación Serán subvencionables los gastos realizados desde el 13 de noviembre de 2023 a la fecha de finalización de presentación de la justificación (diez días desde la fecha de notificación de la resolución de concesión) siempre que se cumplan los requisitos de la presente orden y se ejecuten en los términos municipales comprendidos en el anexo I. Quinto. - Cuantía. La cuantía disponible para la financiación de esta convocatoria asciende a 592.779 euros con cargo a la partida presupuestaria 14030/G/7161/770145/91002 del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024. Dicha cuantía podrá ampliarse sin necesidad de nueva convocatoria en los supuestos previstos en el artículo 42.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. Sexto. - Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el «Boletín Oficial de Aragón».

Organismo convocante

ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Ámbito

ARAGON

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de mayo de 2024
Fecha inicio de solicitudes19 de junio de 2024
Fecha fin de solicitudes9 de julio de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01.4 - Producción ganadera
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total592.779 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN AGM/997/2022, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, de subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola