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CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ALOVERA 2024

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 766990

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Guadalajara. Presupuesto: 40.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ALOVERA 2024 Texto ES: BDNS(Identif.): 766990Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Alovera, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas a clubes y entidades deportivas del municipio de Alovera 2024. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo pue de consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ). Primero.- Objeto1. El objeto de estas subvenciones es impulsar el desarrollo de los diferentes proyectos deportivos de los clubes y entidades con sede en Alovera, fomentando el deporte, la actividad física y el asociacionismo deportivo local. Las presentes subvenciones tienen como finalidad colaborar con los clubes deportivos, en el desarrollo de sus actividades deportivas, la participación en competiciones deportivas de carácter federado, así como la práctica de las diferentes disciplinas deportivas. 2. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para la misma. Serán subvencionables los gastos de gestión, desarrollo y participación en las actividades deportivas que participen y organicen entidades deportivas del municipio, que se deriven de las competiciones oficiales y organización de eventos. En concreto son subvencionables los siguientes conceptos: - Gastos federativos de licencias e inscripción de equipos. - Gastos de arbitraje, jueces y cronometradores. - Gastos de desplazamientos para competiciones fuera del municipio. - Material y equipamiento deportivo de competición y entrenamiento para el equipo. - Gastos de entrenadores y personal técnico (monitores y fisioterapeuta) - Gastos de formación de personal voluntario o contratado por la entidad, en cursos relacionados con la actividad física.- Contratación de personal técnico deportivo (entrenadores, delegados, fisioterapeutas, médicos, coordinadores de cantera o asimilados a estas categorías, excluyéndose el personal administrativo).- Derechos de participación en competiciones.- Cuotas de mutualidades deportivas.- Cuotas de afiliación a seguros deportivos.- Seguros de responsabilidad civil del club y entrenadores.- Gastos de lavandería derivados de las competiciones oficiales y eventos deportivos que se organicen o participen.- Material de botiquín (no medicamentos).- Gastos de avituallamiento a los equipos en las competiciones oficiales y eventos deportivos que se organicen y/o participen.- Gastos de trofeos. - Gastos por utilización de instalaciones.- Alojamientos que el club (deportistas) realice con motivo de su participación en competiciones, torneos y ligas federadas o amistosas. Únicamente se tendrá en cuenta como justificación el gasto generado por el alojamiento de deportistas el día anterior a la competición y durante el desarrollo de la misma.- Gastos en dotación sanitaria (ambulancia, UVI móvil, etc.) en la organización de eventos. Quedan excluidos los gastos ordinarios de mantenimiento de la entidad y/o material inventariable no deportivo. 3. Los gastos deben realizarse en el período comprendido entre el 16 de noviembre de 2023 y el 15 de noviembre 2024.Será de aplicación en cuanto a los gastos subvencionables el artículo 31 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.4. De conformidad con el Art. 31.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en ningún caso serán subvencionables: a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. c) Los gastos de procedimientos judiciales. Segundo.- Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos1. Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en la presente convocatoria los Clubes y Entidades Deportivas sin ánimo de lucro, legalmente constituidos e inscritos en el registro administrativo correspondiente, así como en el Registro municipal de Asociaciones, con domicilio social y fiscal en el municipio de Alovera, que cumplan alguno de los siguientes requisitos: a) Que los deportistas del Club o Entidad participen en competiciones de sus ligas correspondientes de la temporada correspondiente al ejercicio económico en que se produce la convocatoria.b) Que la entidad organice actividades o eventos que promocionen la actividad física y/o deportiva. 2. Forma de acreditarlos2.1.- Las entidades solicitantes de subvención deberán especificar con claridad en la documentación que presenten la categoría de los participantes, disciplina deportiva, número de deportistas que compiten o participan, lugar donde se desarrolla la actividad, adjuntando calendario de la competición y en el caso de los deportes individuales señalando las competiciones en las que se participará así como el número de deportistas. 2.2.- Además, en el caso de los clubes que tienen varios equipos y/o disciplinas deportivas deberán presentar dicha documentación referida a todos ellos. 3. Además, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas: 1. Aquellas entidades que, vencido el plazo previsto, tengan pendiente la justificación de subvenciones libradas en ejercicios anteriores por el Ayuntamiento de Alovera o no estén al corriente de obligaciones de contenido económico frente a esta entidad municipal. 2. Los que se encuentren afectados por suspensión o inhabilitación debido a sanción disciplinaria firme o los Clubes o Asociaciones que los representan por conceptos asociados a dichos…

Organismo convocante

ALOVERA — AYUNTAMIENTO DE ALOVERA

Ámbito

Guadalajara

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de junio de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total40.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ALOVERA

Bases reguladoras ↗