CONVOCATORIA "AYUDAS DESTINADAS APOYAR Y FOMENTAR LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS COMERCIOS LOCALES, Y EL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN QUART DE POBLET 2024"
Denominación oficial: CONVOCATORIA "AYUDAS DESTINADAS APOYAR Y FOMENTAR LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS COMERCIOS LOCALES, Y EL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN QUART DE POBLET 2024".
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 16.800 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
En fecha once de junio de 2024, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobó la las bases generales de concurrencia competitiva para la concesión de las "AYUDAS DESTINADAS APOYAR Y FOMENTAR LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS COMERCIOS LOCALES, Y EL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN QUART DE POBLET" (expte. 1856149K), de conformidad con lo establecido en el art. 9.2. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por acuerdo de la junta de gobierno local de la misma fecha, once de junio de 2024, se aprobó la convocatoria del "AYUDAS DESTINADAS APOYAR Y FOMENTAR LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS COMERCIOS LOCALES, Y EL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN QUART DE POBLET 2024". 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La concesión de estas ayudas está destinada a fomentar el pequeño comercio y el consumo de proximidad, mediante el apoyo en la carga económica diaria de los gastos corrientes derivados del ejercicio y desarrollo de la actividad en establecimientos con local comercial. El otorgamiento de las ayudas está sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en las bases específicas. La finalidad de estas subvenciones es apoyar las actividades comerciales de Quart de Poblet, ayudando a afrontar los gastos corrientes derivados de la titularidad, ejercicio, desarrollo y mejora del negocio o actividad comercial. Bases: https://quartdepoblet.sedipualba.es/tablondeanuncios/anuncio.aspx?id=54637 2.- REQUISITOS. Podrán acogerse a los beneficios de la presente ayudas a comercios locales, tanto personas físicas como jurídicas, incluyendo Sociedades Limitadas, cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, que operen en establecimientos comerciales abiertos al público en Quart de Poblet, pueden ser personas autónomas, pequeñas empresas o microempresas que cumplan los siguientes requisitos: 2.1 El establecimiento comercial debe encontrarse abierto al público y cuente con la correspondiente licencia de apertura de Quart de Poblet. 2.2 Solo podrá presentarse una solicitud por persona y establecimiento. 2.3 La actividad debe pertenecer a alguna de las agrupaciones 64, 65 y 97 del Impuesto de Actividades Económicas, según el Real Decreto Legislativo 1175/1990 descritas en el punto 4 de las bases. 2.4 Estar dada de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente, al corriente de sus pagos y registrada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), además de aportar su vida laboral. 2.5 Permanecer de alta en la actividad objeto de la ayuda desde que se solicita la misma hasta el final del año 2024. 2.6 Tendrán que cumplirse los siguientes requisitos: - Que la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda, y por lo tanto, la fecha de las facturas justificativas de éstas, estén comprendidas entre el 1 de mayo de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud, de los gastos legibles contemplados apartado 5 de las bases. - En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. 2.7 Cumplir con todos los requisitos adicionales establecidos en el apartado 4 de las bases. 3.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO. El importe correspondiente a las presente ayudas que se convocan se hará efectivo con cargo al crédito aprobado en la partida presupuestaria 4311-48900 “Ayudas a los comercios locales”, del Presupuesto General para el ejercicio de 2024, incluida en el Plan Estratégico de subvenciones, por un importe de 50.000€. 4.- ÓRGANO INSTRUCTOR. El órgano instructor de esta convocatoria es la Concejalía Comercio del Ayuntamiento de Quart de Poblet. 5.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y CRITERIO DE BAREMACIÓN. La cuantía de subvención por persona beneficiaria en concepto de apoyo al comercio será de hasta 600€ teniendo en cuenta la cantidad justificada que cumpla con los requisitos de las bases y la presente convocatoria. En el caso de sobrante de crédito, se podrá incrementar una cantidad adicional entre las personas beneficiarias sin ser necesaria una nueva convocatoria, en los términos contemplados en el apartado 5.3 de las bases. 6.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de septiembre de 2024, además se hará pública en la sede electrónica municipal. 7.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado y se podrán presentar, junto con la documentación requerida en las Bases Reguladoras a través del Registro de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quart de Poblet, en el siguiente trámite: https://quartdepoblet.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=18046 Excepcionalmente, se podrán presentar, previa cita, en la Oficina de Atención Ciudadana, así como de cualquiera de las maneras admitidas por el Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones públicas. 8.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Tanto la instancia como los Anexos son de obligada presentación y deberán ir completamente rellenados, firmados y junto con toda la documentación que en cada uno de ellos se detalla: - Instancia normalizada. - Anexos. - Certificado de situación censal actualizado, emitido por la AEAT, en el que conste fecha de alta de la actividad, epígrafe/s, domicilio de la actividad y obligaciones con la AEAT. - En caso de encontrarse en el régimen especial de recargo de equivalencia, deberán aportar declaración jurada que lo justifique, si no consta dicha circunstancia en el certificado censal. - Facturas cuya fecha esté comprendida entre 1 de mayo de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud. - Justificante bancario de los pagos (no se aceptan pantallazos, ni extractos de movimientos de cuenta). - Contrato de alquiler vigente durante todo el año 2024, en el supuesto de aportar gastos por este concepto. - Fotografía de la fachada del local cuando esté abierto al público. - Póliza del seguro del local, o…
Organismo convocante
QUART DE POBLET — AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de junio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 16.800 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES GENERALES AYUDAS DESTINADAS APOYAR Y FOMENTAR LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS COMERCIOS LOCALES, Y EL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN QUART DE POBLET.