Ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España durante el año 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 2,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Objeto. Ayudas para la organización de festivales o certámenes cinematográficos de reconocido prestigio que se celebren durante el año 2024 en España y que dediquen especial atención a la programación y difusión del cine español, comunitario e iberoamericano, así como a películas de animación, documentales y cortometrajes. Segundo: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden CUD/888/2021, de 5 de agosto: a) Las Comunidades Autónomas y los organismos y entidades de ellas dependientes, b) Las entidades públicas que tengan la consideración de Corporaciones Locales y los organismos y entidades de ellas dependientes, c) Las personas jurídicas con residencia legal o establecimiento en España en el momento de la percepción efectiva de la ayuda. d) Las personas físicas. .Tercero: Bases reguladoras. Orden CUD/888/2021, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España previstas en el artículo 32 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. Cuarto: Cuantía. El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.977.750 euros. La cuantía individual de cada ayuda, con un límite máximo de 120.000 euros para festivales o de 100.000 euros en el caso de que se trate de una ceremonia de entrega de premios, no podrá superar el 50% de la suma total de determinados gastos de preparación, organización, funcionamiento y promoción del festival o certamen, así como los medios técnicos y recursos invertidos para impulsar la accesibilidad universal y la doble transición ecológica y digital del festival o certamen. Serán considerados subvencionables siempre que de forma indubitada estén relacionados con él, resulten estrictamente necesarios y estén vinculados a la edición que se celebre en 2024. Quinto: Plazos de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Organismo convocante
MINISTERIO DE CULTURA — INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de junio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden CUD/888/2021, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España previstas en el artículo 32 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 54 REGÍMENES DE AYUDA PARA OBRAS AUDIOVISUALES
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación