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17 de junio de 2024 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actividades y acciones de interés comarcal para el ejercicio 2024

Denominación oficial: Resolución de 17 de junio de 2024 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actividades y acciones de interés comarcal para el ejercicio 2024

Plazo de solicitud 22 de julio de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 769428

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Lleida. Presupuesto: 17.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 769428. Primero. Beneficiarios. Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria: Pueden acogerse a esta convocatoria de ayudas,:- Los entes locales de la comarca del Pallars Jussà.- Las entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con domicilio en la comarca del Pallars Jussà o que realicen actividades con incidencia en la comarcadel Pallars Jussà siempre y cuando tengan sede operativa en la comarca.- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, sin personalidad jurídica, puedan llevar a cabo sus proyectos.Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deben hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrar a un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Segundo. Objeto El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones para particulares y entidades de la comarca del Pallars Jussà o por la realización de actividades con incidencia en la comarca del Pallars Jussà, por entidades con sede operativa en la comarca:ACTIVIDADESAyudas para la realización de una actividad con las siguientes finalidades:- Fortalecimiento de la red asociativa de la comarca.- Potenciación de la dinamización social y de espacios de intercambio de experiencias, cohesión y relación intergeneracional.- El fomento de la participación inter-asociativa para la consecución de objetivos comunes y la incidencia en programas y actividades en el entorno.- La corresponsabilidad entre asociaciones y administración pública en la financiación de los programas y actividadesEQUIPAMIENTOAyudas para la adquisición de elementos necesarios para desarrollar las acciones incluidas en la finalidad de la entidad: equipamientos y elementosEDICIÓNAyudas para la edición de obras que tenga por objeto contenidos de interés para la comarca del Pallars Jussà o bien la autora o el autor tengan su origen o residencia en la comarca del Pallars Jussà. Las obras pueden ser en edición en papel o en cualquier formato digital. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: GASTOS SUBVENCIONABLESACTIVIDADESSon subvencionables los gastos directos derivados de la actividad subvencionada, entendiéndose como actividad, toda acción desarrollada por el solicitante que tenga incidencia en una colectividad en general.Los gastos directos para ser subvencionables tendrán que:. Ser necesarias para la ejecución de la actividad objeto de subvención. Estar contempladas en el presupuesto de ejecución de la actividad.. Estar claramente vinculadas a la actividad.EQUIPAMIENTOSon subvencionables los gastos por adquisición de equipamiento que estén vinculados al objeto de la entidad y así se acredite en sus estatutos u otro documento análogo. El equipamiento debe ser necesario para el desarrollo de la competición.EDICIÓNSon subvencionables los gastos de edición, en cualquier formato (papel, vídeo... GASTOS NO SUBVENCIONABLES (en todas las modalidades)En todo caso están excluidos como gastos subvencionables:-Los gastos bancarios.-Comidas, tentempiés y gastos de adornos-Gastos no relacionados directamente al proyecto o la actividad.-Gastos previstos como no subvencionable en la normativa vigente reguladora de las subvenciones.-Gastos de inversión y gastos de obra civil: inmuebles, construcción y rehabilitación-Gastos de viajes, excepto en subvenciones otorgadas por la participación de deportistas y equipos en competiciones de ámbito estatal, europeo e internacional.-Material informático y de telefonía-Gastos de alquiler y suministros generales de la entidad (luz, agua, seguros, ...)-Material fungible, papel Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones han sido aprobadas inicialmente por la Junta de Gobierno en la sesión de 9 de abril de 2024 y publicadas íntegramente en el BOPL núm. 89 de 8 de mayo de 2024, un extracto de las Bases en el DOGC núm. 9164 de 16 de mayo de 2024 y en el tablón de anuncios de la corporación. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Para el año 2024, el crédito presupuestario al que se imputan las subvenciones y la cantidad total máxima será el siguiente:Partida presupuestaria: 1920 48212 Subvención entidades por importe de 17.000 €.Para el resto de convocatorias, el crédito presupuestario y cuantía se fijará en la convocatoria anual. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las subvenciones deben solicitarse electrónicamente, mediante los modelos normalizados y documentos exigidos que se pueden encontrar en la web del Consejo Comarcal del Pallars Jussà https://www.seu-e.cat/ca/web/ccpallarsjussa Las solicitudes se dirigirán al President del Consell Comarcal del Pallars Jussà, y se presentarán en el Registro de entrada de este Consell Comarcal o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. Sexto. Otros datos. A la solicitud se deberá adjuntar la siguiente documentación: a) Solicitud de subvención, debidamente cumplimentada y con la firma electrónica correspondiente del/de la representante legal.En la solicitud…

Organismo convocante

CONSELL COMARCAL DE PALLARS JUSSÃ — CONSELL COMARCAL DE PALLARS JUSSÀ

Ámbito

Lleida

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación19 de junio de 2024
Fecha inicio de solicitudes20 de junio de 2024
Fecha fin de solicitudes22 de julio de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES; OTROS SERVICIOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total17.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases reguladoras de las subvenciones de interés general destinadas a ayuntamientos y entidades de ámbito social, cultural y deportivo de la comarca del Pallars Jussà para actividades de estos ámbitos

Bases reguladoras ↗