FinalizadaAutonómicaViviendaFondos UE (MRR)

De 19 de junio de 2024, Entorno Pz. Andalucía, Roquetas del Mar, Almeria, Convocatoria L.1: Subvenciones para la rehabilitación edificatoria.

Denominación oficial: Orden de 19 de junio de 2024, Entorno Pz. Andalucía, Roquetas del Mar, Almeria, Convocatoria L.1: Subvenciones para la rehabilitación edificatoria.

Plazo de solicitud 16 de octubre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 769952

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Almería. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convocan, en la modalidad de concesión en concurrencia no competitiva, las siguientes líneas de subvenciones: a) Línea 1.1. Subvenciones para la rehabilitación edificatoria. b) Línea 1.2. Subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica. Segundo. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobadas por la Orden de 26 de marzo de 2024, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 63, de 2 de abril de 2024. Tercero. Personas y entidades beneficiarias. 1. Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones para la rehabilitación edificatoria, según lo dispuesto en el apartado 4a).1º del correspondiente cuadro resumen de la Línea 1.1 publicado como anexo a la Orden de 26 de marzo de 2024, las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, de los edificios sobre los que se promuevan obras o actuaciones de rehabilitación. 2. Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica, según lo dispuesto en el apartado 4a).1º del correspondiente cuadro resumen de la Línea 1.2 publicado como anexo a la Orden de 26 de marzo de 2024, las personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas incluidas en edificios de tipología residencial colectiva para cuyas obras de rehabilitación, promovidas por las correspondientes comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, se hubiese solicitado subvención con cargo a la línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria. Cuarto. Objeto de las subvenciones. 1. Las subvenciones para la rehabilitación edificatoria tienen por objeto la financiación de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial, dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada previamente delimitados. 2. Las subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica tienen por objeto la financiación complementaria del coste imputable a las personas propietarias o usufructuarias de viviendas en situación de vulnerabilidad económica, de las obras de rehabilitación que hubiesen sido objeto de subvención con cargo a la línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria, dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada previamente delimitados. 3. Los edificios objeto de estas subvenciones deberán estar incluidos en alguno de los ERRP delimitado según lo previsto en el articulo 10 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, para el que se haya suscrito el acuerdo de comisión bilateral al que se refiere el artículo 12.2 de dicho real decreto y que se relacionan a continuación: 1. ERRP "Los Pintores" en Almería. 2. ERRP "Zapillo" en Almería. 3. ERRP "Entorno Plaza de Andalucía" en Roquetas de Mar (Almería). 4. ERRP "San Jose Artesano" en Algeciras (Cádiz). 5. ERRP "ICOVESA ERRP3" en Jerez de la Frontera (Cádiz). 6. ERRP "Santo Tomas de Aquino Norte" en Jerez de la Frontera (Cádiz). 7. ERRP "Simón Susarte" en San Roque (Cádiz). 8. ERRP "Parque Figueroa. Fase I" en Córdoba. 9. ERRP "Parque Figueroa. Fase II" en Córdoba. 10. ERRP "La Chana" en Granada. 11. ERRP "Santa Adela" en Granada. 12. ERRP "El Rocio- Jesus del Gran Poder" en Isla Cristina (Huelva). 13. ERRP "Las Protegidas" en Jaén. 14. ERRP "Poligono del Valle" en Jaén. 15. ERRP "Plaza de San Rafael" en Jamilena (Jaén). 16. ERRP "Palma- Palmilla" en Málaga. 17. ERRP "San Andrés ERRP 2" en Málaga. 18. ERRP "El Pantano" en Morón de la Frontera (Sevilla). 19. ERRP "Santa Isabel Fase I" en San Juan de Aznalfarache (Sevilla). 20. ERRP "Nazaret- Pajaritos. Calle Cigüeña" en Sevilla. 21. ERRP "San Carlos Borromeo" en Utrera (Sevilla). Se encuentra disponible la información de estos ERRP en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/vivienda-rehabilitacion/plan-eco-vivienda/paginas/plan-eco-viv-p1.html Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas. 1. La financiación de las subvenciones incluidas en esta convocatoria se realizará con fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Next Generation EU transferidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. 2. La cuantía total máxima destinada inicialmente a la presente convocatoria asciende a 82.878.523,88 euros, estando limitada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes y según el siguiente desglose por líneas de subvenciones y anualidades: Línea de subvenciones 2024 2025 2026 Total Línea 1.1 5.036.385,00 € 36.332.459,60 € 29.251.900,53 € 70.620.745,13 € Línea 1.2 0,00 € 6.128.889,40 € 6.128.889,35 € 12.257.778,75 € Total 5.036.385,00 € 42.461.349,00 € 35.380.789,88 € 82.878.523,88 € 3. La concesión de las subvenciones se realizará con cargo a los créditos de los ejercicios 2024, 2025 y 2026 de las partidas presupuestarias que para cada línea de subvenciones, clasificación económica del gasto y ERRP, figuran en el Anexo A que se publica con la presente orden. La distribución de los créditos entre los ámbitos territoriales que constituyen los distintos ERRP de la…

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE FOMENTO ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Ámbito

Almería

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación20 de junio de 2024
Fecha inicio de solicitudes5 de julio de 2024
Fecha fin de solicitudes16 de octubre de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económico84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto totalNo disponible
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiación europeaMecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bb.rr.para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,acogidas al Progr.de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del PRTR.

Bases reguladoras ↗