BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS COMARCALES DE ACCIÓN SOCIAL, TURISMO, DEPORTES Y CULTURA PARA LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN EN EL EJERCICIO 2024
Denominación oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS COMARCALES DE ACCIÓN SOCIAL, TURISMO, DEPORTES Y CULTURA PARA LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN EN EL EJERCICIO 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Zaragoza. Presupuesto: 2,0 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Atendido que en sesión ordinaria de Consejo Comarcal celebrada el día veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro, la Comarca de Valdejalón resolvió la concesión definitiva de las subvenciones en materia de desarrollo de las competencias comarcales de acción social, turismo, deportes y cultura para los ayuntamientos de la Comarca. Visto que las bases de la convocatoria prevén como fin de plazo de ejecución y justificación el 3 de octubre de 2025. Atendidas las solicitudes municipales en la ejecución de varios contratos lo que impediría cumplir el plazo de ejecución y justificación, solicitan la ampliación del plazo inicialmente previsto para el 3 de octubre. Visto que por mediante acuerdo del Consejo Comarcal de 25 de marzo de 2025, se amplió el plazo de justificación hasta el 10 de diciembre de 2025. Atendida nuevamente la solicitud del Ayuntamiento de La Almunia de Dª Godina para poder ejecutar su inversión, Vista la labor a realizar por los destinatarios de las subvenciones, las administraciones públicas y entes sociales. Visto lo dispuesto en el artículo 70.3 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de mismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero. En igual sentido, remite el artículo 32 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento administrativo Común, en tanto que la petición podrá conceder la ampliación, siempre que no haya finado el plazo que se trate de ampliar y la petición de los interesados no perjudique intereses de terceros. Atendido el informe de Secretaria nº 24/2025 Visto que las bases reguladoras de las subvenciones se aprueban en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, o a través de ordenanzas, y por tanto se puede concluir que tienen carácter reglamentario, por ello, la competencia será del Pleno. La competencia para la aprobación del presupuesto (que incluye sus bases de ejecución) se recoge en el artículo 22.2.e) de la LBRL, y para la aprobación de las ordenanzas en el 22.2.d) de la LBRL. Se trata de competencias indelegables. Atendido que el artículo 21.1.f) de la LBRL atribuye competencia al Alcalde para el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, así como disponer gastos dentro de los límites de su competencia. Atendido que, en los términos indicados en dicho precepto, será competente el Pleno cuando la convocatoria supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto como es el caso. Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe jurídico y de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ordenanza Reguladora de la concesión de subvención de la Comarca de Valdejalón, se propone a la Comisión de Economía y Hacienda, fomento y residuos, dictaminar favorablemente y proponer al Consejo Comarcal, la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO. Ampliar el plazo de ejecución y justificación, por razones de interés público, garantizando la correcta ejecución de las inversiones, las subvenciones en materia de desarrollo de las competencias comarcales de acción social, turismo, deportes y cultura para los ayuntamientos de la Comarca, por un plazo improrrogable, hasta el 23 de marzo de 2025, admitiéndose facturas y justificantes de pago hasta dicha fecha. SEGUNDO. Notificar la resolución al interesados”
Organismo convocante
COMARCA DE VALDEJALÓN
Ámbito
Zaragoza
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 26 de junio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS COMARCALES DE ACCIÓN SOCIAL, TURISMO, DEPORTES Y CULTURA PARA LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN EN EL EJERCICIO 2024.