Convocatoria fomento promoción VPO 2024 P1
Denominación oficial: Orden convocatoria fomento promoción VPO 2024 P1
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 1,5 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de esta subvención los promotores de vivienda protegida ya sean personas físicas o jurídicas, quedando excluidos los promotores públicos, tanto las administraciones públicas, como empresas públicas, u otras entidades cuyo control mayoritario dependa de una administración pública. Segundo.- Objeto. El objeto de esta Orden es la convocatoria de subvenciones para los promotores que estén impulsando la edificación de viviendas protegidas en Aragón, con independencia de que se destinen a compraventa, alquiler, alquiler con opción a compra, régimen de uso, o cualquier otro admitido en el ordenamiento específico de las viviendas protegidas. Tercero.- Bases reguladoras. La concesión de las subvenciones se regirá por lo dispuesto en la presente Orden; en las bases reguladoras contenidas en la Orden FOM/699/2024, de 18 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Plan de Fomento de Vivienda Protegida de Aragón (BOA número 127, de 2 de julio de 2024) ; la Ley de Subvenciones de Aragón, con texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y demás normativa vigente de general aplicación, en materia de subvenciones y presupuestaria. Cuarto.- Financiación y cuantía. 1.La cuantía máxima del crédito previsto para esta convocatoria financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón es de 1.500.000 €., con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 13050/G/4312/770225/91002, y la siguiente distribución por provincias: Zaragoza 1.300.000 €Huesca y Teruel 200.000 € Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón, que se distribuirán de la siguiente forma: a) Durante el primer mes del plazo se podrán presentar las solicitudes para aquellas promociones con calificaciones provisionales o definitivas ya concedidas. b) En el segundo mes se podrán presentar solicitudes para los demás supuestos establecidos en la Orden de convocatoria. Sexto.- Otros datos. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en este programa será el de concurrencia competitiva simplificada, de conformidad con el artículo 16.3.a) del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón y se realizará en función de la fecha de presentación de las solicitudes, de acuerdo con lo previsto en los criterios de otorgamiento de la Orden de convocatoria. Zaragoza, 26 de julio de 2024.- El Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial.
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de junio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; I - HOSTELERÍA |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN FOM/699/2024, de 18 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Plan de Fomento de Vivienda Protegida de Aragón