RESOLUCIÓN URJC BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA EXCELENCIA, COFINANCIADAS POR EL BANCO SANTANDER, DIRIGIDAS AL ESTUDIANTADO QUE CURSE POR PRIMERA VEZ UN MÁSTER UNIVERSITARIO EN LA URJC EN EL CURSO 2024/25
Cerrada
150.000 euros
No disponible
27 de septiembre de 2024
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 150.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Universidad Rey Juan Carlos RESOLUCIÓN DEL RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA EXCELENCIA, COFINANCIADAS POR EL BANCO SANTANDER, DIRIGIDAS A LOS ESTUDIANTES QUE CURSEN POR PRIMERA VEZ UN MÁSTER UNIVERSITARIO EN LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS EN EL CURSO 2024/25 BDNS: 771881 Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 28 de junio de 2024, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y se hace pública la Convocatoria para la concesión de Ayudas a la Excelencia, cofinanciadas por el Banco Santander, dirigidas a los estudiantes que cursen por primera vez un Máster universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2024/25 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero: Beneficiarios Dicha ayuda irá destinada a estudiantes de Máster Universitario matriculados, como mínimo, de 60 ECTS en el curso académico 2024/25, en la Universidad Rey Juan Carlos. Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma: Requisitos Generales Para ser beneficiario de estas ayudas, los estudiantes tienen que estar matriculados, por primera vez, de un Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2024/25 y deberán reunir los requisitos que se detallan a continuación: Ser estudiante de nuevo ingreso en Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos. Para ser beneficiario de estas ayudas, el estudiantado tiene que estar matriculados, por primera vez, de 60 créditos ECTS en un Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2024/25. El estudiantado que solicite reconocimiento académico de créditos en el curso académico 2024/25 deberán tener en cuenta que los créditos reconocidos no se computan como créditos matriculados en dicho curso académico. Haber finalizado, en el momento de formalizar su solicitud, los estudios que le hayan dado acceso al Máster universitario en el que se encuentre matriculado el o la estudiante. El estudiantado que haya accedido a través de acceso condicionado no podrá concurrir a las ayudas objeto de esta convocatoria salvo que haya finalizado dichos estudios dentro del plazo de presentación de solicitudes. Sólo podrán concurrir a esta convocatoria los estudiantes que se encuentren matriculados en centros propios de la Universidad Rey Juan Carlos. Poseer nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea. El estudiantado extranjero no comunitarios deberán acreditar la condición de residente legal en España y, por tanto, quedan excluidos el estudiantado que se encuentre en situación de estancia por estudios (permiso de residencia por estudios). Haber formalizado y estar al corriente de pago de la matrícula de, al menos, 60 créditos ECTS, en el inicio de estudios universitarios conducentes a título de Máster universitario durante el curso académico 2024/25 en la Universidad Rey Juan Carlos. No se concederán ayudas para Títulos Propios de la Universidad Rey Juan Carlos con cargo a esta convocatoria. En el caso de simultaneidad de dos másteres universitarios solo se concederá la ayuda para uno de los dos másteres en los que se encuentre matriculado el estudiante. En el caso de que se concediera la ayuda para cursar un Doble Máster Universitario la cuantía sería la misma que para los másteres universitarios convencionales. Para poder concurrir a las ayudas objeto de esta convocatoria, el estudiantado deberá acreditar, como mínimo, una nota media de expediente académico de 7,5 puntos o superior en la titulación universitaria que le haya dado acceso a los estudios de Máster Universitario. La nota media se calcula mediante el sistema de calificación de 0 a 10 que se establece en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En el caso particular de estudiantes que dispongan de un título de Doble Grado, sólo se tendrá en cuenta la nota media de expediente del título de Grado que haya dado acceso al Máster universitario; si las dos titulaciones del Doble Grado dan acceso al Máster Universitario, se tendrá en cuenta la nota media más alta. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Los requisitos anteriormente mencionados deberán mantenerse durante el período inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención. (Requisitos Económicos u otros requisitos que se tengan que cumplir): Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones. No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria podrá determinar la revocación de la subvención concedida y el reintegro de las cantidades percibidas. En caso de impago de su matrícula por parte del beneficiario, o en el caso de ocultación o falsedad de los datos que hubieran servido de base para la concesión de la ayuda, la Comisión evaluadora revisará la adjudicación de la ayuda, resolviendo su revocación y exigiendo el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, cualquiera que sea el momento en que hubiera sido disfrutada…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 1 de julio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 27 de septiembre de 2024 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 150.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector economico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | RESOLUCIÓN URJC BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA EXCELENCIA, COFINANCIADAS POR EL BANCO SANTANDER, DIRIGIDAS AL ESTUDIANTADO QUE CURSE POR PRIMERA VEZ UN MÁSTER UNIVERSITARIO EN LA URJC EN EL CURSO 2024/25 |
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| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T11:01:57.434853 |