De 30 de julio de 2024,de la Consej. de Inc. Soc.,Juventud, Familias e Igualdad, conv. subv., en rég. de conc.comp., para entidades privadas sin ánimo de lucro para actividades de interés general con cargo 0,7% del IRPF 2024-L 3 Equipamientos Vehicu
Denominación oficial: Orden de 30 de julio de 2024,de la Consej. de Inc. Soc.,Juventud, Familias e Igualdad, conv. subv., en rég. de conc.comp., para entidades privadas sin ánimo de lucro para actividades de interés general con cargo 0,7% del IRPF 2024-L 3 Equipamientos Vehicu
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 2,4 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index), y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convocan para el ejercicio 2024, para su tramitación por el procedimiento de urgencia regulado en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las cuatro líneas de subvenciones reguladas en el marco de la Orden de 10 de julio de 2024 (BOJA núm. 137, de 16 de julio de 2024), de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía total máxima que se especifica para cada línea y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: Denominación de la línea Cuantía máxima (euros) Posiciones presupuestarias Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito supraprovincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 32.098.566,89 1800180000 G/32E/48536/00 S0668 Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 6.833.567,08 1800180000 G/32E/78536/00 S0668 Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 1.781.620,87 1800180000 G/32E/78536/00 S0668 Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 6.627.820,55 1800180000 G/32E/48536/00 S0668 Segundo. Personas beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas o entidades: Línea 1. Entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito supraprovincial, federaciones, confederaciones o personas jurídicas similares, cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los ámbitos de actuación fijados en el apartado 1 del cuadro resumen, así como la Cruz Roja. Línea 2. Entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los ámbitos de actuación fijados en el apartado 1 del cuadro resumen, así como la Cruz Roja. Línea 3. Entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los ámbitos de actuación fijados en el apartado 1 del cuadro resumen, así como la Cruz Roja. Línea 4. Entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito provincial y/o autonómico cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los ámbitos de actuación fijados en el apartado 1 del cuadro resumen. Tercero. Objeto. La financiación de actuaciones de interés general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de programas de ámbito supraprovincial de interés social (línea 1), de proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras (línea 2) y en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos (línea 3) y de programas de ámbito provincial (línea 4), que se describen en el apartado 2.a) del cuadro resumen de cada una de las líneas, de acuerdo con las actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la convocatoria. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, aprobadas mediante la Orden de 10 de julio de 2024. Quinto. Importe. La dotación máxima de cada una de las líneas es la que consta en el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las subvenciones a conceder para cada una de las líneas se concretará por la Comisión de Evaluación descrita en el apartado 13 de los referidos cuadros resumen, pudiendo alcanzar hasta el 100% del importe solicitado. No obstante, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, para las presentes líneas de subvenciones, además de la cuantía total máxima indicada en la presente convocatoria se podrá disponer de una cuantía adicional máxima por la diferencia entre el importe actualmente disponible y el importe finalmente resultante de la distribución de la asignación tributaria con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades que lleve a cabo el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia; la aplicación de esta cuantía adicional a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 30 de julio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 3 de agosto de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 6 de septiembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 85.1 - Educación preprimaria; 88.9 - Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,4 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actua ↗
- Incremento de Crédito ↗
Bases reguladoras
Orden de 10 de julio de 2024,por la que se aprueban las b.r. para la conc. de sub.en rég.de conc.comp. destinadas a entid. privad. para realizac.de actuac. de interés gral.para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF