II Convocatoria de subvenciones para fomentar la movilidad sostenible de las producciones audiovisuales en Mallorca en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unió Europea-NextGenerationEU
Cerrada
500.000 euros
No disponible
30 de septiembre de 2024
Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Mallorca. Presupuesto total: 500.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): 778104 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index), y en la web de la Fundació Mallorca Turisme, en la sede electrónica, tablón de anuncios, ayudas y subvenciones. Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria Convocar subvenciones para fomentar la movilidad sostenible de las producciones audiovisuales, crear un parque de vehículos de movilidad sostenible y reducir, así, las emisiones contaminantes derivadas del transporte motorizado; partiendo del sistema europeo de puntuación para valorar la sostenibilidad de las producciones audiovisuales “Green Film Rating System” y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. La finalidad es impulsar la transición verde y sostenible de la destinación Mallorca, como destinación turística cinematográfica y audiovisual, responsable y sostenible. Las bases reguladoras son las establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB núm. 96, de 4 de agosto). Segundo. Importe y crédito presupuestario El crédito previsto para esta convocatoria es de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), a cargo del presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme, financiado por los fondos europeos Next Generation-EU. Tercero. Compatibilidad de las ayudas Estas subvenciones son compatibles con la obtención de otras ayudas o contratos de la Fundació Mallorca Turisme, siempre que las mencionadas ayudas o contratos sean para actividades con finalidad diferente a esta convocatoria. No se admite la doble financiación: son compatibles con otras ayudas, subvenciones o ingresos por el mismo objeto, sean del sector público o privado, siempre que las ayudas no superen el coste total de la actividad, proyecto o rodaje subvencionable. Están sometidas al régimen de minimis de la Unión Europea, de acuerdo con el Reglamento UE núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis. Cuarto. Régimen de concurrencia El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva, por orden de entrada en el registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme. Quinto. Beneficiarios 1. Pueden ser beneficiarios: - Personas físicas o jurídicas dadas de alta en el epígrafe 961 del IAE (producción audiovisual) y con sede social en Mallorca, al menos un año antes de la publicación de la convocatoria en el BOIB. Estas personas tienen que ser productoras audiovisuales independientes. - Personas físicas o jurídicas dadas de alta en otros epígrafes diferentes del 961 del IAE (producción audiovisual) y con sede social en Mallorca, al menos un año antes de la publicación de la Convocatoria en el BOIB y, concretamente, los siguientes: * Epígrafe 844 – Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares * Epígrafe 854.1 – Alquiler de vehículos sin conductor * Epígrafe 677.9 – Otros servicios de alimentación propios de la Restauración Estas personas tienen que demostrar su relación con el sector audiovisual, como sigue: 1- Alta en una asociación profesional del sector audiovisual mallorquín, al menos un año antes de la publicación de la convocatoria en el BOIB. 2- Relación de producciones audiovisuales y/o clientes a quienes ha dado servicio el último año de actividad. - Tienen que estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), con el Consejo Insular de Mallorca y entidades dependientes, y con la Fundació Mallorca Turisme. - En el momento de la justificación de la subvención tienen que haber asistido al menos a una de las jornadas de formación o curso específico en Green Filme Shooting que organice la Fundación Mallorca Turisme. 2. No pueden ser beneficiarios - Personas o entidades en qué se presente alguna de las circunstancias previstas a los artículos 8.2, 8.3 y 8.4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, y el artículo 13 de la Ley 13/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Sociedades públicas o entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en que la participación pública sea mayoritaria. Sexto. Termine presentación solicitudes Empieza el día hábil siguiente en la publicación de este extracto en el BOIB, hasta el agotamiento del crédito previsto, y en todo caso, hasta el 30 de septiembre de 2024. Séptimo. Plazo subvencionable Desde el 1 de abril de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos. Octavo. Lugar de presentación de la solicitud En el Registro electrónico de la Fundación Mallorca Turisme https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/, en el trámite «II Convocatoria de subvenciones para fomentar la movilidad sostenible de las producciones audiovisuales en Mallorca». Es obligatorio presentar la solicitud en línea utilizando el trámite creado para ello. No es válida ninguna otra forma de presentación. No se admite ni correo electrónico, ni Wetransfer, entre otros. La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante. Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa, los anexos y la documentación técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria. Noveno. Subvención y gasto subvencionable 1. Son gastos subvencionables las especificadas en el punto 6 de la convocatoria. 2. El importe…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 30 de julio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2024 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 500.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector economico | 52.3 - Actividades de intermediación para el transporte; 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; 49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros; 73.1 - Publicidad; 56.2 - Servicios de catering y otros servicios de comidas; 49.1 - Transporte de pasajeros por ferrocarril |
| Financiacion europea | Mecanismo de Recuperacion y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Si |
| Reglamento UE | REG (UE) 1407/2013 de minimis, General |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T09:16:51.365546 |