De la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las BBRR y orden de convocatoria para la concesión de subvenciones, destinadas a municipios aragoneses para el mantenimiento, conservación y restauración de BICs aragoneses
Denominación oficial: Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las BBRR y orden de convocatoria para la concesión de subvenciones, destinadas a municipios aragoneses para el mantenimiento, conservación y restauración de BICs aragoneses
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 2,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios. A los efectos de la presente convocatoria, podrán obtener la condición de beneficiarias de estas ayudas las entidades locales municipales aragonesas en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria Segundo.- Objeto. El objeto es convocar subvenciones durante el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, por el procedimiento simplificado, destinadas a entidades locales municipales aragoneses para el mantenimiento, conservación y restauración de los bienes muebles y bienes inmuebles de carácter arquitectónico que de forma individual estén clasificados de interés cultural, catalogados e inventariados, destinados a uso público de titularidad municipal o cedidos y gestionados por las entidades locales. Tercero.- Bases reguladoras. Aprobadas en el mismo texto. Cuarto.- Cuantía. El importe total asignado a la presente convocatoria es de 2.000.000 € Las entidades locales municipales aragonesas podrán pedir como máximo una solicitud para bienes muebles y una solicitud para bienes inmuebles arquitectónicos. El importe máximo de las solicitudes será el siguiente: a) Para bienes muebles será del 100% del coste subvencionable, sin que la misma pueda ser inferior a 10.000 euros, ni superior a 50.000 euros b) Para bienes inmuebles será del 100% del coste subvencionable, sin que la misma pueda ser inferior a 35.000 euros, ni superior a 150.000 euros Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles y comenzará el mismo día en el que se publique el extracto de esta Orden en el “Boletín Oficial de Aragón” Las solicitudes y documentación complementaria se dirigirán a la Dirección General de Patrimonio Cultural, presentándose electrónicamente a través del Registro Electrónico del Gobierno de Aragón. Sexto.- Otros datos. Las entidades solicitantes deberán presentar los formularios y la documentación recogida en el portal de Trámites del Gobierno de Aragón, de acuerdo con los modelos según tipo de ayuda que se adjuntan en los formularios de solicitud de proyectos anexos I-A y I-B, anexos II-A y II-B para los índices de documentación técnica, el anexo III para las Declaraciones, y, en su caso, los anexos IV-A y IV-B para los modelos autorizados de cartel publicitario de la subvención, todos ellos establecidos en la Orden de la convocatoria. Dichos formularios también están disponibles en el Tramitador online del Gobierno de Aragón, utilizando el procedimiento nº 10453 o la denominación "Subvenciones a entidades locales para el mantenimiento, conservación y restauración de bienes integrantes del patrimonio cultural" accesible a través de la dirección electrónica https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-a-entidades-locales-para-el-mantenimiento-conservacion-y-restauracion-de-bienes-integrantes-del-patrimonio-cultural
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 1 de agosto de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 8 de agosto de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 5 de septiembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 43.3 - Acabado de edificios; 43.5 - Actividades de construcción especializada en ingeniería civil; 43.4 - Actividades de construcción especializada en la construcción de edificios; 81.2 - Actividades de limpieza; 42.9 - Construcción de otros proyectos de ingeniería civil; 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción; 43.9 - Otras actividades de construcción especializada |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las BBRR y orden de convocatoria para la concesión de subvenciones, destinadas a municipios aragoneses para el mantenimiento, conservación y restauración de BICs aragoneses