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Subvenciones en materia de esterilización de gatos y gatas en el municipio de Porreres

Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones en materia de esterilización de gatos y gatas en el municipio de Porreres

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 780424

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Mallorca. Presupuesto: 1.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ESTERILIZACIÓN DE GATOS Y GATAS EN EL MUNICIPIO DE PORRERES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA ESTRUCTURA DE LA SUBVENCIÓN Artículo 1. Objeto Artículo 2. Disponibilidad presupuestaria Artículo 3. Personas y entidades beneficiarias Artículo 4. Requisitos para la subvención Artículo 5. Plazo de las solicitudes Artículo 6. Bases reguladoras y régimen de concurrencia Artículo 7. Importe de las subvenciones Artículo 8. Órgano competente para la Instrucción y Resolución del procedimiento Artículo 9. Solicitud Artículo 10. Propuesta de resolución provisional y resolución definitiva Artículo 11. Publicación Artículo 12. Fin de la Vía Administrativa 1. OBJETO El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones a personas particulares comprometidas con el bienestar animal. El objetivo es desarrollar las tareas de identificación y esterilización de la población de gatos y gatas de colonias urbanas del municipio de Porreres, así como de los gatos y gatas de particulares. Mediante esta subvención se pretende fomentar el control de las colonias de felinos para evitar el crecimiento exponencial, minimizando los riesgos higiénicos y sanitarios y mejorando la calidad de vida de estos animales. Además, se quieren eliminar las molestias a los vecinos y vecinas ocasionadas por las orinas, vocalizaciones y posibles peleas de las colonias de mustios. Finalmente, sería adecuado informar y educar a la ciudadanía sobre la necesidad y los beneficios de regular las colonias de mustios incontroladas, así como a ser responsable y no abandonar los mustios domésticos. 2. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA La cantidad máxima destinada a esta subvención es de 1.000,00€, aplicados a la partida presupuestaria 2024/01/1720/48013. 3. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS Las personas que podrán ser beneficiarias de la subvención: • Serán particulares que acrediten estar empadronados en Porreres y sean propietarias de gatos o gatas. • Serán mayores de 18 años en el momento de la presentación de la solicitud. • Las personas físicas que soliciten la subvención en todo caso solo podrán ser beneficiarias por un máximo de tres gatos o gatas. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante consiente que el Ayuntamiento de Porreres pueda acceder a los datos que sean necesarias para comprobar la veracidad de los datos que presenten. 4. REQUISITOS PARA LAS SUBVENCIONES La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Por lo tanto, en caso de existir un número de beneficiarios que supere el límite máximo previsto (1.000,00 euros), el importe total se prorrateará de manera equitativa entre todos ellos. La operación de esterilización se tiene que haber realizado entre día 1 de octubre de 2023 y día 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos. Las acciones subvencionables son la esterilización de gatos y gatas. No es necesario que estén censados ni que tengan chip. Como máximo se podrá subvencionar la esterilización de tres gatos o gatas por solicitante. Para obtener la subvención se tendrá que justificar la esterilización adjuntando una foto del animal, el certificado veterinario de castración, así como la factura del veterinario donde se especifique el coste de la operación. 5. PLAZO DE LAS SOLICITUDES El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) hasta el día 30 de septiembre de 2024. El abono de las subvenciones se realizará por transferencia bancaria una vez dictada la resolución definitiva. La presentación de la solicitud de ayuda fuera de plazo será causa de inadmisión de las solicitudes de ayuda. La presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases que rigen la convocatoria y el compromiso de la persona solicitante de cumplir con las obligaciones y deberes que derivan. 6. BASES REGULADORAS Y RÉGIMEN DE CONCURRENCIA Estas subvenciones se regirán por aquello que se ha fijado en la presente convocatoria, en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el cual se regula la Base de datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será mediante concurrencia no competitiva según el número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación. Aquellas solicitudes que cumpliendo los requisitos para adquirir la condición de beneficiario los falte algún documento preceptivo o de acreditación se los concederá un plazo máximo e improrrogable de 5 días hábiles para poder presentar en una sola vez toda la documentación que los falte, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por cejado en su solicitud. 7. IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES El importe máximo de la subvención que se otorgue estará ligado al sexo de los felinos, tal y como se expone a la tabla siguiente. En cualquier caso, el importe máximo de la subvención no será superior al 100% del coste veterinario de la operación de esterilización, con el IVA incluido. El importe total de la operación de esterilización tiene que incluir también la inyección antibiótica que se suministra después de la operación. No serán subvencionables otras operaciones ni tratamientos veterinarios que se hayan realizado paralelamente o al mismo tiempo que la esterilización. SEXO DEL GATO/A IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN Hembra 96,00€ Macho 56,00€ 8. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL…

Organismo convocante

PORRERES — AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Ámbito

Mallorca

Categoría

Sanidad

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación13 de agosto de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSanidad
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

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