"Bases reguladoras y convocatoria pública #para solicitar ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de Rehabilitación del Conjunto Histórico de Tui-Fase15ª
Denominación oficial: "Bases reguladoras y convocatoria pública #para solicitar ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de Rehabilitación del Conjunto Histórico de Tui-Fase15ª”
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 61.783 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios 1. Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas: a) Las personas físicas, así como las personas jurídicas de naturaleza privada, ya sean propietarias de viviendas unifamiliares, de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva y de las viviendas ubicadas en estos edificios. b) Las comunidades de personas propietarias, así como las agrupaciones de comunidades de personas propietarias, constituidas conforme lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, del 21 de julio, de propiedad horizontal. c) Las agrupaciones de personas propietarias. d) Las sociedades cooperativas compuestas por agrupaciones de personas propietarias de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código civil y no otorgaran el título constitutivo de división horizontal, así como por personas propietarias que conforman comunidades o agrupaciones de comunidades de personas propietarias, constituidas conforme lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, del 21 de julio, de propiedad horizontal. e) Las personas físicas arrendatarias de una vivienda que asuman, en virtud de un acuerdo con la persona arrendadora, el coste de las actuaciones de rehabilitación que correspondan, a cambio del pago de la renta. 2. Para que las personas físicas sean beneficiarias deberán poseer la nacionalidad española. En el caso de las personas extranjeras deberán tener residencia legal en España. 3. Las personas y las entidades beneficiarias de las ayudas deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 7.2 de O Real Decreto 106/2018, del 9 de marzo. Segundo.- Objecto 1.- El objeto de estas bases, de acuerdo del establecido en el artículo 14 de la Ley 9/2007 del 13 de junio de Subvenciones de Galicia (LSG) es fijar los criterios para la concesión de las subvenciones previstas en el Plan Estatal 2018-2021 (BOE 10/03/2018) para el programa de regeneración y renovación urbana y rural recogidas en el acuerdo de la comisión bilateral celebrada el 1 de diciembre de 2021, relativo al Área de Regeneración y renovación urbana casco histórico de Tui, entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Tui dentro de su ámbito de aplicación. Las subvenciones se concederán por el procedimiento de concurrencia competitiva a través de convocatoria pública, siguiendo la orden de prelación que resulte de la valoración prevista en las presentes bases, hasta agotar el número de actuaciones y/o crédito disponible previsto en los respectivos convenios firmados. En caso de no agotar el número de actuaciones y el crédito disponible previsto en esta convocatoria, podrá volver a abrirse un nuevo plazo de presentación de solicitudes, previa propuesta motivada de la oficina de rehabilitación y acuerdo de la comisión avaliadora. 2.- Definiciones. A los efectos del dispuesto en estas bases y convocatoria, los conceptos objeto de las bases y convocatoria serán interpretados de conformidad con las definiciones establecidas en el ordinal segundo de la Resolución del Instituto Gallego de Vivenda e Solo (en adelante IGVS), del 3 de agosto de 2018 (DOG nº156) y que a continuación se transcriben: a) Edificio de tipología residencial colectiva: edificio compuesto por más de una vivienda, cuyo uso predominante sea el residencial y donde cada vivienda cuente con la correspondiente referencia catastral. b) Vivienda unifamiliar: vivienda ubicada en un edificio independiente, cuyo uso predominante sea el residencial y en el cual no existe ninguna otra vivienda, y que cuente con la correspondiente referencia catastral. Las viviendas unifamiliares pueden ser aisladas o agrupadas en fila.c) Residencia habitual y permanente de una unidad de convivencia: domicilio en que constan empadronados los integrantes de esta. d) Unidad de convivencia de la persona beneficiaria: conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de forma habitual y permanente y con vocación de estabilidad, con independencia de la relación que exista entre todas ellas e) Persona mayor de 65 años: aquella que en la fecha de presentación de la solicitud tenga hechos 65 o más años.f) Persona con discapacidad: se interpretará de conformidad con el previsto en O Real decreto legislativo 1/2013, del 29 de noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.. Tercero.- Bases reguladoras. Estas Bases entrarán en vigor al día siguiente de la publicación de un extracto de las mismas en el BOPPO (Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra), una vez registradas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Estarán la disposición de las personas interesadas, junto a los modelos de solicitud, en la BDNS, en la página web tui.gal y en el tablero de información”. Cuarto.- Contía. 1. El importe de las ayudas económicas previstas se establecerán sobre el presupuesto protegido de las obras a realizar con el la cuantía máxima siguiente: a) Subvención estatal: serán el resultado de aplicar los dos límites de forma simultánea señalados en el cuadro resumen elaborado con la propia regulación establecida en los artículos 47 y siguientes del PEV 2018-202, así como el criterio complementario del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, siendo las subvenciones a menor de las cantidades que resulte de estos dos cálculos. De este modo, según el cuadro resumen anterior y de conformidad con el ordinal décimo séptimo de la Resolución del IGVS, de 3 de agosto de 2018 (DOG nº 156) y ordinal cinco de la Resolución del IGVS, de 31 de mayo de 2019 (DOG nº108), las cuantías de las ayudas son: a.1) Se establece una subvención general del 40% del presupuesto protegido, entendiendo este como el coste total de todas las actuaciones que se subvencionen según lo previsto en el artículo 51 del R.D. 106/2018, que no podrá superar los costes medios de mercado que la tales actuaciones…
Organismo convocante
TUI — AYUNTAMIENTO DE TUI
Ámbito
Pontevedra
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de agosto de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 61.783 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto del acuerdo de 9 de agosto del 2024 de la Xunta de Gobierno Local, por la que se convocan ayudas y se aprueban las "Bases reguladoras y convocatoria pública para solicitar ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de Rehabilitación del Conjunto Histórico de Tui-Fase15ª” ↗
Bases reguladoras
"Bases reguladoras e convocatoria pública para solicitar axudas á rehabilitación de edificios e vivendas no ámbito da Área de Rehabilitación do Conxunto Histórico de Tui-Fase15ª”