Subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores para la adquisición y rehabilitación de inmuebles destinados al asentamiento de población y a la atracción de nuevos pobladores
Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores para la adquisición y rehabilitación de inmuebles destinados al asentamiento de población y a la atracción de nuevos pobladores.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Huesca. Presupuesto: 2,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la página web de la Diputación Provincial de Huesca (https://www.dphuesca.es/subvenciones-iniciativas-programas-europeos) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://dphuesca.sedipualba.es/tablondeanuncios/). Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios y las entidades locales menores de la provincia de Huesca, a través de dos líneas diferenciadas: Línea 1. Municipios de menos de 3.000 habitantes censados, incluidas sus entidades locales menores, y entidades locales menores dependientes de municipios de más de 3.000 habitantes. Línea 2. Municipios de igual o más de 3.000 habitantes censados, excluida Huesca capital. Los datos de población se referirán a la cifra resultante de la revisión del padrón municipal a 1 de enero de 2023, publicados por el Instituto Nacional de Estadística. Segundo. Objeto. La concesión de subvenciones a los ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Huesca para inversiones de adquisición, rehabilitación o construcción de viviendas destinadas al asentamiento de población y a la atracción de nuevos pobladores mediante su alquiler o posterior venta. Las inversiones podrán destinarse tanto a la adquisición de suelo urbano consolidado y de inmuebles en los cascos urbanos de las localidades, como a la rehabilitación o construcción de edificios cuando los mismos sean de titularidad municipal, incluido su derribo cuando su estado lo requiera. Tercero. Bases reguladoras. La Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca, aprobada mediante acuerdo de Pleno de 3 de diciembre de 2020 y publicada en el BOP n.º 18 de fecha 29 de enero de 2021 y posteriores modificaciones. Cuarto. Cuantía. El importe máximo de las subvenciones a conceder por la Diputación Provincial de Huesca asciende a 2.000.000 €, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 91.1522.762000 “Plan de vivienda. Adquisición de solares y edificios. Subv. Capital a Entidades Locales” y 91.1522.768000 “Plan de Vivienda. Adquisición de solares y edificios. Entidades locales menores”. Para 2024 se presupuestan 1.800.000 € y para 2025, 200.000 €, siendo el coste por anualidad el siguiente: Ejercicio 2024: 1.800.000 € • Para la línea 1 la dotación económica será de 1.350.000 €. • Para la línea 2 la dotación económica será de 450.000 €. Ejercicio 2025: 200.000 € • Para la línea 1 la dotación económica será de 150.000 €. • Para la línea 2 la dotación económica será de 50.000 €. La distribución de crédito entre ambas líneas es estimativa. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes podrán será desde el día siguiente a la publicación en el BOP y hasta el día 30 de octubre de 2024. Sexto. Plazo de justificación. El plazo de justificación de las subvenciones que se concedan finalizará el 30 de abril de 2025 (si la operación a subvencionar es plurianual, por fases en la actuación, el citado plazo de justificación será de la primera fase).
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE HUESCA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
Ámbito
Huesca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de agosto de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 27 de agosto de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de octubre de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 91.3 - Conservación, restauración y otras actividades de apoyo al patrimonio cultural; 41.0 - Construcción de edificios; 43.9 - Otras actividades de construcción especializada |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la convocatoria aprobada mediante Decreto n.º 2604, de 22 de agosto de 2024, para la concesión de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores para la adquisición y rehabilitación de inmuebles destinados al asentamiento de población y a la atracción de nuevos pobladores. ↗
Bases reguladoras
Ordenanza general por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Huesca