Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de las fiestas patronales de los barrios. Año 2024
Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE LAS FIESTAS PATRONALES DE LOS BARRIOS. AÑO 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Teruel. Presupuesto: 21.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud dentro del plazo que establezca el ayuntamiento y las propuestas se comparan, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Se trata de una subvención económica sin contraprestación destinada a asociaciones de vecinos, comisiones de festejos y entidades similares que no desarrollen actividad económica, estén inscritas en el registro municipal y tengan sus obligaciones tributarias al día en Teruel. El importe total disponible es de 21 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios las Asociaciones de vecinos de Barrio, Comisiones de Festejos y excepcionalmente las entidades reconocidas como tales que, cumplan los siguientes requisitos: - Que desarrollen su actividad en el territorio Municipal de Teruel. - Que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, con anterioridad a la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria anual en el Boletín Oficial de la Provincia. - Que, en el caso de tratarse de una entidad reconocida, hayan justificado correctamente las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Teruel - Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Teruel, la AEAT, la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. - Que en la asociación no concurra ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención. Segundo. Finalidad - La organización de las actividades festivas en los Barrios Rurales o Urbanos, que tienen carácter y ámbito diferenciado de las organizadas por el Ayuntamiento de Teruel. - La adquisición de material destinado a la organización y desarrollo de actividades festivas en los Barrios Rurales o Urbanos. - La implicación de las Asociaciones y agentes sociales del Barrio en la realización del programa de actividades festivas, así como la participación vecinal del correspondiente ámbito territorial. - Ofrecer un amplio abanico de actos y actividades festivas (musicales, infantiles, para la tercera edad, taurinas,...) dirigidas, tanto a la población de los Barrios destinatarios de la subvención, como al resto de los habitantes de la ciudad de Teruel. Tercero. Bases reguladoras Las Bases que regirán en materia de las Fiestas Patronales de los Barrios en el año 2024 fueron aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de Teruel en sesión del día 04 de marzo de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 90, de fecha 13 de mayo de 2024. (https://sede.teruel.es/portal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/3_3795_1.pdf) Cuarto. Importe La cuantía máxima total de las subvenciones convocadas es de 24.000,00 euros. Los criterios de otorgamiento de la subvención serán, en base a si son Barrios Rurales (antiguas poblaciones que celebran sus fiestas patronales durante 3 días o más) o Barrios Urbanos (son los diferentes barrios de la ciudad que tan sólo celebran 3 días de fiestas) se concederán 1.500,00 euros a los Barrios Rurales (10 en total) y 1.000,00 euros a los Barios Urbanos (9 en total) Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes Al resultar los interesados en esta convocatoria sujetos obligados a relacionarse exclusivamente por medios electrónicos con la Administración (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos), dichas solicitudes de subvención deberán ser presentadas exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel, cuyo catálogo de trámites recoge la “Solicitud de subvención en materia de fiestas patronales de los barrios”. Será igualmente válida su presentación telemática a través de las sedes electrónicas del resto de Administraciones Públicas o entidades dependientes del Sector Público, o del Portal de Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado. La presentación de la solicitud con la correspondiente documentación deberá hacerse dentro del plazo de veinte días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (sección oficial del Boletín Oficial de Aragón). Si el último día del referido plazo coincidiera con día inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente hábil.
Organismo convocante
TERUEL — AYUNTAMIENTO DE TERUEL
Ámbito
Teruel
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de septiembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 21.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA ESPECÍFICA MEDIANTE LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE REGIRÁN LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS FIESTAS PATRONALES DE LOS BARRIOS.