Ayudas para la adquisición de terrenos donde se ubiquen yacimientos arqueológicos en la isla de Mallorca 2024
Denominación oficial: Convocatoria de ayudas para la adquisición de terrenos donde se ubiquen yacimientos arqueológicos en la isla de Mallorca 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Mallorca. Presupuesto: 600.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1.Beneficiarios 1. Pueden optar a estas subvenciones los ayuntamientos de los municipios donde radiquen el/los yacimiento/s arqueológico/s objeto de esta convocatoria. 2. No pueden ser beneficiarios de subvención los ayuntamientos en los cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el arte. 8 de la Ordenanza general de subvenciones. 2. Objeto El objeto de esta convocatoria es la adquisición pública de terrenos donde se localicen yacimientos arqueológicos dentro del ámbito territorial de la isla de Mallorca, con la finalidad de fomentar su puesta en valor dirigida a la conservación, restauración, estudio, investigación, conocimiento, difusión y acceso, mediante visita pública, del yacimiento, y al mismo tiempo contribuir a incrementar la oferta cultural de los municipios de Mallorca. Las adquisiciones de los terrenos donde radiquen los yacimientos se tienen que producir entre el 1 de enero de 2023 y 15 de octubre de 2025. 3.Bases reguladoras Esta convocatoria se rige por lo establecido en las bases reguladoras recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18/02/2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 04/08/2018). 4. Dotación presupuestaria e importe máximo subvencionable. 1.El importe total máximo que se destinará a la convocatoria es de seiscientos mil euros (600.000,00€). 2. Las subvenciones que se otorguen en el marco de esta convocatoria no podrán superar los siguientes porcentajes: PADRÓN MUNICIPAL IMPORTE SUBVENCIONABLE Hasta 3.000 hab. 100 % 3.001 - 6.000 hab. 90 % 6.001 - 10.000 hab. 80 % 10.001 - 20.000 hab. 70 % 20.001 - 60.000 hab. 60 % Superior a 60.000 hab. 50 % En todo caso, el importe máximo podrá obtener el beneficiario de la subvención no podrá superar los 100.000,00 €. 5. Solicitud, documentación y plazo de presentación de solicitudes 1. Las solicitudes se formalizan mediante la instancia que figura como anexo I que, junto con los otros anexos, se puede descargar desde el siguiente enlace: https://seu.conselldemallorca.net/ca/la-seu. Junto con la solicitud, también se tendrá que aportar la documentación que se detalla en el punto 6.2 de la convocatoria, (6.2 A) Documentación administrativa general y 6.2 B) Documentación específica). En caso de que el Consejo Insular de Mallorca no disponga de los datos bancarios del solicitante o estas se hayan modificado tiene que realizar el trámite electrónico accediendo al enlace siguiente: (https://seu.conselldemallorca.net/es/ficha?key=72772). 2.-El plazo para la presentación de las solicitudes y toda la documentación empieza a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Este plazo finaliza una vez transcurridos VEINTE días hábiles desde la publicación de esta convocatoria en el BOIB mediante la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Las instancias se tienen que presentar a través del Registro electrónico del Consejo de Mallorca: https://cim.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=12082, o mediante el establecido en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 02/10/2015). En caso de presentación en las oficinas señaladas en el artículo 16, se tiene que comunicar esta circunstancia en el órgano concedente, dentro del mismo día, mediante correo electrónico dirigido al servicio de Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura y Patrimonio: patrimoni@conselldemallorca.net. 6. Otros datos El texto completo de la convocatoria, así como, los anexos pueden descargarse desde la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/ca/la-seu). Para la concesión de las subvenciones se aplica el régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el punto 10 de la convocatoria, por lo tanto, se concederán las subvenciones según el orden de puntuación obtenido hasta agotar el crédito. El pago se efectuará de oficio una vez concedida la subvención mediante anticipo del 100% del importe de las subvenciones concedidas sin la obligación de presentar aval, de conformidad con el artículo 37.2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, visto el interés público de las subvenciones con la exigencia de las garantías que correspondan. El plazo de presentación de la cuenta justificativa será como fecha máxima el día 15 de diciembre de 2025, si bien las facturas presentadas tienen que estar emitidas y pagadas entre el 1 de enero de 2023 y 15 de octubre de 2025.
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA — DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Ámbito
Mallorca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 9 de septiembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 600.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza general de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca