Expediente 1945039T: Convocatoria 2024 concesion de ayudas a deportistas destacados no profesionales del municipio de picassent en modalidades individuales deportes olimpicos y no olimpicos
Denominación oficial: EXPEDIENTE 1945039T: CONVOCATORIA 2024 CONCESION DE AYUDAS A DEPORTISTAS DESTACADOS NO PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE PICASSENT EN MODALIDADES INDIVIDUALES DEPORTES OLIMPICOS Y NO OLIMPICOS
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 3.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.-Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas. Ordenanza reguladora de las bases especificas, aprobada por acuerdo del Pleno Municipal, en sesión de 30 de mayo de 2024, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia Núm.152 de 7 de agosto de 2024. Segundo. Dotación presupuestaria anual. 1.- La cuantía total máxima de las ayudas económicas otorgadas a través de la presente convocatoria será de 3.000 € con cargo a la siguiente partida del Presupuesto 2024: ORG PROG ECON NOMBRE PARTIDA 500 34101 4890002 "SUBVENCIÓN DEPORTISTAS DESTACADOS PICASSENT" 2.- El Ayuntamiento podrá autorizar una cantidad adicional, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá una nueva convocatoria. La utilización de la mencionada cantidad adicional, queda condicionada, con carácter previo a la resolución de la concesión, a la aprobación, en su caso, de la modificación presupuestaria que resulte procedente y a la incorporación al expediente del certificado de existencia de crédito suficiente. Antes de la resolución de concesión se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones la disponibilidad del crédito adicional, sin perjuicio de su publicación en el tablón de anuncios y en la página Web del Ayuntamiento, sin que tal publicidad implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo plazo para resolver. Tercero. Cuantía individual máxima de las ayudas económicas y compatibilidad con otras ayudas. 1.-La cuantía individual máxima de la ayuda por deportista, dependerá de la condición de deportista de alto rendimiento de Nivel 1, Nivel 2 , Nivel 3 y master, en el que se encuadre el deportista, de conformidad con la clasificación establecida en el artículo 2.1 de la Ordenanza reguladora de las bases especificas de esta convocatoria: NIVEL Nivel 1 600,00 € Nivel 2 450,00 € Nivel 3 300,00 € MASTER Cuantía individual máxima de la ayuda CTO DE ESPAÑA 300,00 € CTO. DE EUROPA 600,00€ 2.- Las ayudas concedidas en virtud de esta convocatoria, serán COMPATIBLES con las ayudas concedidas por otras administraciones públicas, o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, para la misma finalidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente. 3.- Las ayudas concedidas en virtud de esta convocatoria, NO SON COMPATIBLES con la línea municipal de ayudas a “deportistas de élite” otorgadas por este Ayuntamiento en convocatoria anual según su ordenanza reguladora, por lo que los deportistas, en un mismo año, sólo podrán obtener una ayuda en una de las dos convocatorias: deportistas destacados o deportistas de élite. 4.-El importe de las subvenciones otorgadas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Cuarto. Objeto. El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas, desde el área de Deportes del Ayuntamiento de Picassent, a deportistas destacados no profesionales, residentes en Picassent, para la financiación de los programas de entrenamiento y competición oficial (regulada por la Federación correspondiente), en las modalidades deportivas descritas en la Ordenanza reguladora de las bases especificas de esta convocatoria, para alcanzar sus objetivos propuestos. Quinto.- Gastos subvencionables. 1.- Serán subvencionables todos aquellos gastos realizados durante el año 2024, en la modalidad deportiva subvencionada, en concepto de: 1.1.- Adquisición de material y equipamiento deportivo para el entrenamiento y la competición oficial. En la factura tendrá que indicarse, expresamente, la descripción del material que deberá ser, obligatoriamente, específico de la modalidad deportiva practicada por el deportista solicitante. 1.2.- Gastos de adquisición de ropa deportiva necesaria, siempre que en ellos figure el logotipo del Ayuntamiento de Picassent, que deberá ser acreditado a través de un medio gráfico. 1.3.- Desplazamiento desde el Municipio de Picassent al Municipio donde esté situado el centro de entrenamiento. 1.4.- Participación en competiciones deportivas oficiales (inscripción, desplazamiento, alojamiento y manutención, con indicación de lugar, fecha y competición de que se trate). 1.5.- Gastos federativos de los deportistas, por concepto de arbitraje, licencias deportivas, inscripción de equipos, seguros u otro tipo de gasto exigido por las federaciones deportivas. 1.6.- Otros gastos directamente vinculados a programas de entrenamiento y competición oficial que puedan ser reconocidos como indispensables para la consecución de los objetivos deportivos previstos (clínicas, formación deportiva...). 2.- En los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención por participación en competiciones deportivas oficiales se tendrá en cuenta lo siguiente: - Se deberá presentar calendario de las pruebas o competiciones deportivas oficiales, justificantes de inscripción y hoja de resultados o clasificación. La no presentación de estos documentos conlleva la no consideración de estos gastos. - Sólo será subvencionable el desplazamiento desde Picassent al lugar de realización de la prueba o competición deportiva oficial. - Los gastos de desplazamiento se justificarán con los billetes de viaje cualquiera que sea el medio de transporte público utilizado, en clase turista. En el caso de desplazamientos en vehículo propio se considerará justificable la cantidad de 0,26 €/km. - Los gastos de alojamiento, se justificarán con factura de hotel, pensión etc. con un máximo de 65,97 €/día. Los de desayuno, que se justifiquen expresamente en dichas facturas, se considerarán como abonables dentro de las cuantía máxima señalada para gastos por alojamiento (régimen alimenticio contratado: SA : Sólo alojamiento. AD o HD: alojamiento y…
Organismo convocante
PICASSENT — AYUNTAMIENTO DE PICASSENT
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de septiembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 28 de octubre de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de noviembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 3.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
CONVOCATORIA 2024 CONCESION DE AYUDAS A DEPORTISTAS DESTACADOS NO PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE PICASSENT EN MODALIDADES INDIVIDUALES DEPORTES OLIMPICOS Y NO OLIMPICOS