FinalizadaLocalServ. sociales

Subvenciones a favor de asociaciones y entidades de interés social y sin ánimo de lucho, año 2024

Denominación oficial: SUBVENCIONES A FAVOR DE ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE INTERÉS SOCIAL Y SIN ÁNIMO DE LUCHO, AÑO 2024

Plazo de solicitud 23 de octubre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 787260

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Fuerteventura. Presupuesto: 80.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

ANUNCIO Por medio de la presente se hace de público conocimiento que con fecha 05 de septiembre del 2024, por la Junta de Gobierno Local, en su sesión, se aprobó la “Convocatoria de subvenciones a favor de Asociaciones y entidades sociales sin ánimo de lucro año 2024, el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar la Convocatoria de Subvenciones a Favor de Asociaciones y Entidades de Interés Social y Sin Ánimo de Lucro, Año 2024. “CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE INTERÉS SOCIAL Y SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2024. Artículo 1.- OBJETO. Las presentes subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Antigua (B.O.P. de 09.04.08), y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Antigua (B.O.P. de 09.04.08). La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones a proyectos y programas sociales de asociaciones y entidades de interés social y sin ánimo de lucro, de ámbito insular y que su trabajo repercuta en la ciudadanía del Municipio de Antigua, que complementen las competencias de los Servicios Sociales y que tengan por objeto cubrir necesidades sociales, especialmente los que tengan por destinatarios/as a personas y colectivos en situación de vulnerabilidad social. Esta convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en esta convocatoria. ARTÍCULO 2.- REQUISITOS. Las Asociaciones y entidades de interés social y sin ánimo de lucro que quieran optar a las subvenciones establecidas en las presentes bases deberán acreditar como requisitos mínimos e indispensables lo que se relacionan a continuación: Las entidades y asociaciones deben tener nacionalidad española y estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro deEntidades colaboradoras en las prestaciones de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias. Tener domicilio social o delegación en la isla de Fuerteventura y entre sus usuarios/as se encuentren personas residentes en el municipio de Antigua. Carácter de fines de lucro, y que incluyan en sus estatutos como finalidad, la prestación de servicios de interés social. Haber justificado las subvenciones concedidas con anterioridad para el desarrollo de proyectos y haber presentado la memoria económica y técnica del trabajo realizado. Estar al corriente con las obligaciones fiscales con este Ayuntamiento en el momento de la concesión de las subvenciones y del pago. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el momento de la concesión de la subvención y del pago. No ser deudor por resolución de procedimiento de reintegro. No estar incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que dice: No podrán obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas y en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora: Haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/199, de 11 de mayo, de Incompatibilidad de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuesta por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente. f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen. h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley General Tributaria. No podrán acceder a la condición de beneficiarios/as las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario/a…

Organismo convocante

ANTIGUA — AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA

Ámbito

Fuerteventura

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de septiembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes26 de septiembre de 2024
Fecha fin de solicitudes23 de octubre de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico88 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento; 85 - Educación
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Ver todas las ayudas para asociaciones →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total80.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

SUBVENCIONES A FAVOR DE ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE INTERÉS SOCIAL Y SIN ÁNIMO DE LUCHO, AÑO 2024

Bases reguladoras ↗