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Subvenciones a deportistas de élite menores de 18 años del municipio de villamayor para el ejercicio 2024

Denominación oficial: SUBVENCIONES A DEPORTISTAS DE ÉLITE MENORES DE 18 AÑOS DEL MUNICIPIO DE VILLAMAYOR PARA EL EJERCICIO 2024

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 787908

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Salamanca. Presupuesto: 5.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Base 1. Objeto Es objeto de estas bases es regular la concesión de diez subvenciones, por importe de 500 € cada una, a jóvenes deportistas individuales (personas físicas), federados, menores de dieciocho años y empadronados en el municipio de Villamayor con una antelación mínima de 3 meses. En caso de que no exista crédito disponible para todos los que resulten beneficiarios, se concederá solamente una beca por familia. Son ayudas dirigidas a consolidar su progresión deportiva, en régimen de concurrencia competitiva según lo previsto en el art. 22 y siguientes de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Villamayor, aprobada por acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2019, que contienen las bases reguladoras generales. La finalidad perseguida es la promoción de la práctica deportiva individual, sufragando en parte los gastos, y financiar su participación en distintas competiciones, quedando excluidas las disciplinas colectivas (parejas, relevos, conjuntos, equipos…) de cualquier deporte. Base 2. Régimen jurídico Las subvenciones a las que se refieren las presentes bases, además de por lo previsto en las mismas se regirán supletoriamente por: • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. • Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. • Artículos 189.2 y 214.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Villamayor, aprobada por acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2019 (BOP de 24 de enero de 2020). El procedimiento para la concesión de las becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la aprobación y publicación de la convocatoria correspondiente y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia. Base 3. Información sobre las ayudas. Cualquier tipo de información relacionada con esta convocatoria será facilitada en: • Sede electrónica municipal, www.villamayor.es. • Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Villamayor. • Página Web del Ayuntamiento de Villamayor. Ello con independencia de la publicidad mediante la remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria y la información requerida por la Base de Datos que traslado al diario oficial correspondiente del extracto de la convocatoria. Base 4. Compatibilidad con otras ayudas. Las subvenciones que se otorguen al amparo de las presentes bases reguladoras serán compatibles con cualquier otra ayuda procedentes de cualquier otra Administración o Ente público o privado. Las subvenciones que se otorguen podrán financiar la totalidad del coste del proyecto o actividad a desarrollar, sin que, en ningún caso, excedan del coste total de la actividad o proyecto al que se aplique. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada. Base 5. Crédito presupuestario Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas por las presentes bases serán las correspondientes en el capítulo IV, partida 34100 / 48026 BECAS DEPORTIVAS, del presupuesto municipal para el ejercicio 2024, por un importe máximo de 5.000 euros Base 6. Cuantía de las ayudas. La cuantía de cada una de las 10 becas será de 500 €. En caso de que resulten beneficiarios varios miembros pertenecientes a una misma unidad familiar y existan más solicitantes de otras unidades familiares con derecho a la ayuda se concederá solamente una beca por familia hasta la finalización del crédito disponible. Se concederán las Becas hasta agotar la cantidad destinada para este concepto que asciende 5.000 € conforme a la base quinta de la presente convocatoria Base 7. Beneficiario. Son beneficiarios de estas ayudas los progenitores o tutores legales de los deportistas menores de dieciocho años, que deberán estar empadronados en el municipio de Villamayor en el momento de formalizar la solicitud con una antelación mínima de al menos tres meses. Para poder resultar beneficiario de estas ayudas el solicitante (padres o tutores del menor de edad) deberá cumplir los siguientes requisitos: 1. Ser mayor de edad. 2. Estar empadronados en el municipio de Villamayor en el momento de formalizar la solicitud, con una antelación mínima de al menos tres meses. El empadronamiento se comprobará de oficio. 3. Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Hacienda local. Esta situación será comprobada de oficio por el Ayuntamiento. 4. No estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones Base 8. Criterios de valoración de las solicitudes. A la hora de seleccionar a los beneficiarios de las Diez becas de 500 euros objeto de la presente convocatoria, se tendrá en cuenta la máxima puntuación obtenida en la baremación de conformidad a los siguientes criterios: Participación en campeonatos oficiales durante las dos últimas temporadas, hasta un máximo de 10 puntos: Asistencia a competiciones internacionales. 5 puntos Asistencia a competiciones nacionales. 3 puntos Asistencia a competiciones regionales. 2 puntos Relación entre los gastos e ingresos del deportista derivados de la práctica deportiva, hasta un máximo de 6 puntos: Una cantidad de gastos acreditados la última temporada mayor que de ingresos sin alcanzar el doble = 1 punto. Una cantidad de gastos acreditados la última temporada…

Organismo convocante

VILLAMAYOR — AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR

Ámbito

Salamanca

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de septiembre de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DEPORTISTAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR (SALAMANCA) – EJERCICIO 2024.

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