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Decreto de alcaldía 2024-0556, de 4 de octubre, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a deportistas individuales del Ayuntamiento de Outes 2024

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 789179

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 5.400 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta subvención las personas físicas que sean deportistas federados de cualquier categoría dentro de las modalidades deportivas individuales. Podrán solicitar subvenciones los deportistas del Ayuntamiento de Outes nacidos entre 2004 y 2014, ambos incluidos (exceptuando deportistas con discapacidad que abarcarán entre los años 1994 y 2014), que cumplan con lo prescrito en el artículo 13 de la Ley 38/2003 y el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y además reúnan los siguientes requisitos: Estar empadronado en el Ayuntamiento de Outes con una antigüedad de al menos dos años consecutivos en el momento de la solicitud. Estar en posesión de licencia deportiva expedida por la federación correspondiente en el momento de la solicitud. Acreditar el nivel deportivo en la especialidad, por lo menos, correspondiente al año anterior y/o al año de la solicitud. Competir, en el año de la solicitud, en eventos/pruebas deportivas de relevancia autonómica, nacional o internacional organizados o reconocidos por las respectivas federaciones. No estar incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones). Tener, entre otros fines, la realización de las actividades objeto de la subvención, así como disponer de estructura suficiente que garantice el cumplimiento de sus objetivos. Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Outes y con cualquier otra administración. De ser el caso, haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Outes. No podrán acceder a la concesión de las subvenciones municipales: Los interesados que, en virtud de la normativa vigente, tengan limitado o suprimido ese derecho, y específicamente lo recogido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones. Los interesados que por resolución firme hayan sido sancionados por el incumplimiento de las condiciones previstas en la autorización precisa para el desarrollo de la actividad. Las personas que hayan perdido el derecho a la obtención de las subvenciones como consecuencia del procedimiento sancionador correspondiente, y por el plazo establecido en la resolución. Segundo. Objeto La finalidad de la concesión de estas Becas / Subvenciones es fomentar el deporte Base y Adaptado en nuestro municipio y ayudar a paliar los gastos derivados de la alta competición federada, por eso se pretende evaluar los logros obtenidos por estos deportistas siempre y cuando cumplan con los requisitos previstos en la presente convocatoria, conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de bases de régimen local, con sus modificaciones, en la Ley 5/1997, de la administración local de Galicia, en la Ley 38/2003, general de subvenciones y en el Real Decreto 887/2006 por el que se aprueba su reglamento, en la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia y en el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, con la finalidad de poder asignar los recursos necesarios a las prioridades señaladas. El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, libre concurrencia e igualdad. Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas públicas o privadas que se concedan para la misma finalidad, que deberán ser comunicadas al Ayuntamiento de Outes. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones son las aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 24/09/2024 y publicadas en el BOP de La Coruña núm. 188, de 30 de septiembre. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se efectuarán con cargo a la partida presupuestaria 341/48003 del Presupuesto municipal vigente para el año 2024, y con el límite de su consignación presupuestaria al efecto. La partida a distribuir será de 5.400 €, repartidos según los criterios de valoración, y el máximo por deportista será de 2.000 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Outes, o por sede electrónica, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto. Documentación a presentar. Las personas que concurran a la presente convocatoria deberán presentar los siguientes modelos normalizados que se facilitarán en el servicio de deportes o en la sede electrónica del ayuntamiento: Anexo 1: SOLICITUD de la subvención a deportistas individuales del Ayuntamiento de Outes, año 2024, según modelo normalizado, junto con la siguiente documentación: Fotocopia del DNI y, en caso de ser necesario, documento que acredite la representación legal. Fotocopia de la licencia federativa de las temporadas que se acreditan. Deberá presentarse un certificado de la federación sobre la participación en competiciones oficiales, asistencia a jornadas de tecnificación, o concentraciones de selección autonómica y/o nacional, en el que se recoja: lugares de competiciones/concentraciones, fechas y resultados obtenidos en las fechas que abarcan estas bases. Anexo 2: Alta de datos de TERCEROS. Si ya se ha presentado en años anteriores, no será necesario presentarlo, salvo que haya algún cambio. Anexo 3: Presupuesto estimado de Ingresos y Gastos con Subvenciones. Anexo 4: Declaración Responsable.

Organismo convocante

OUTES — AYUNTAMIENTO DE OUTES

Ámbito

A Coruña

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación4 de octubre de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económico93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5.400 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases reguladoras de las subvenciones a deportistas individuales por y para competiciones oficiales del Ayuntamiento de Outes

Bases reguladoras ↗