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Convocatoria ayudas públicas destinadas a jóvenes deportistas de élite temporada 2023/2024.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 789775

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 3.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

El Ayuntamiento de Beniparrell ha dictado la Resolución de Alcaldía n.º 985/2024 de fecha 8 de octubre de 2024, cuya parte dispositiva es la siguiente: PRIMERO.- Convocar las Ayudas Públicas destinadas a deportistas de élite temporada 2023/24 con los siguientes requisitos: A. OBJETO DE LA SUBVENCIÓN. Las presentes bases tienen por objeto favorecer el desarrollo de los deportistas de élite o promoción de la localidad, financiando parcialmente los gastos derivados de la temporada deportiva. B. BENEFICIARIOS. Podrán acogerse a esta convocatoria todos los deportistas que cumplan los siguientes requisitos: - Estar empadronado en Beniparrell (mínimo un año). - Tener como máximo 24 años en el momento de presentar la solicitud. - Reconocimiento vigente como Deportista de Élite por la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte. - Estar en posesión de la correspondiente licencia en vigor de una Federación deportiva oficial (temporada 2023/24). - Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Beniparrell. - No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. C. CUANTÍA DE LAS AYUDAS. El importe máximo a percibir por solicitud será de 400,00 €. Se valorará la subvención en base a la totalidad de gastos presentados y su concordancia con la memoria deportiva y con la memoria económica. El importe de la subvención no será en ningún caso superior al 50% de la totalidad de los gastos presentados. En caso de presentarse y aceptarse solicitudes por importe mayor al crédito presupuestario, este se repartirá equitativamente entre todas las solicitudes presentadas, reduciendo su cuantía de manera proporcional. D. DOCUMENTACION APORTAR. a. SOLICITUD (Anexo I) debidamente cumplimentada y firmada. b. Fotocopia del DNI del deportista (si es menor de edad aportar DNI del tutor). c. Fotocopia de la licencia federativa (en vigor para la temporada 2023/24). d. Memoria deportiva (asistencia a competiciones, torneos u otros eventos deportivos). e. Memoria económica de acuerdo a la memoria deportiva (relación detallada de los gastos presentados y totalidad de ingresos recibidos). f. Relación de gastos: - Original de las facturas relacionadas con los gastos subvencionables (con fecha entre el 1 de septiembre de 2023 y el 30 de agosto de 2024). - EN NINGÚN CASO se aceptarán albaranes, tickets, notas de entrega o similares para justificar los gastos asumidos. g. Ficha mantenimiento de terceros (Anexo II) (solo para el supuesto de ser la primera vez en la que se concurre a la convocatoria). El modelo normalizado de solicitud, así como el resto de la documentación podrán encontrarse en la web del Ayuntamiento de Beniparrell: www.beniparrell.es E. PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES. Las solicitudes podrán presentarse tanto por Registro General de Entrada, como mediante medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://beniparrell.sedelectronica.es El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. F. PROCEDIMIENTO CONCESION. La presente subvención se tramita y otorga en régimen de concurrencia competitiva. G. FINANCIACIÓN. La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la Aplicación Presupuestaria 341/48910 “SUBVENCIÓN DEPORTISTAS”, del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2024, con una cuantía total máxima de las subvenciones convocadas de TRES MIL EUROS (3.000,00€). H. PAGO. Una vez aceptada y revisada toda la documentación presentada, la comisión evaluadora asignará a cada solicitud aprobada una cantidad económica y se procederá al pago de la misma mediante transferencia bancaria al número de cuenta que figure en el mantenimiento de terceros presentado. I. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. Los beneficiarios de la subvención estarán sometidos a las siguientes obligaciones: A. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control. B. Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones recogidas en las presentes normas. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y eventualmente a su revocación. C. Reintegrar los fondos recibidos en caso de no cumplir con los requisitos y condiciones y obligaciones establecidas en las normas, Con carácter específico los beneficiarios estarán sometidos a las obligaciones que se relacionan a continuación: - Realizar la actividad que fundamenta la subvención, así́ como acreditarlo ante este Ayuntamiento. - Comunicar al Ayuntamiento si reciben otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien total o parcialmente las actividades subvencionadas. - Incorporar el logotipo del Ayuntamiento como patrocinador de este, en la equipación deportiva oficial de juego y entrenamiento. SEGUNDO. Comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria y la información requerida, así como un extracto de la misma, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la BDNS, (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3 y 20.8.a de la Ley 38/2003 LGS. TERCERO. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión ordinaria que celebre, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales.

Organismo convocante

BENIPARRELL — AYUNTAMIENTO DE BENIPARRELL

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación8 de octubre de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total3.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases reguladoras de ayudas públicas destinadas a jóvenes deportistas de élite temporada 2023/2024

Bases reguladoras ↗