De 8 de octubre de 2024, de la Consejería de educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus+
Denominación oficial: Orden de 8 de octubre de 2024, de la Consejería de educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus+
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 1,1 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/universidad) Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan, los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior de grado, máster o doctorado, sean beneficiarios de una beca Erasmus+ de movilidad de estudiantes en instituciones de educación superior que pertenezcan a alguno de los países determinados en el anexo de esta convocatoria, con las que las universidades de Castilla y León tengan firmados los correspondientes acuerdos interinstitucionales, con fines de estudio, para el curso académico 2024/2025. Segundo. Objeto. 1. Convocar ayudas complementarias, en régimen de concesión directa al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, destinadas a los estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+ de movilidad con fines de estudio, para el curso académico 2024/2025. 2. Las ayudas se destinarán a complementar la financiación de los gastos de estancia en el país de destino derivados de la participación de los estudiantes de las universidades de Castilla y León en el programa de movilidad anteriormente indicado por una duración mínima de dos meses y máxima de doce meses, por ciclo de estudios. Tercero. Bases reguladoras. Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y león que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus +, de movilidad con fines de estudio (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 203, de 23 de octubre de 2017), y Orden EDU/1507/2020, de 15 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 262, de 21 de diciembre de 2020). Cuarto. Cuantía. 1. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de un millón ciento cincuenta mil euros (1.150.000 €). 2. El importe mensual de las ayudas será el resultado de dividir el crédito total asignado para esta convocatoria entre el número total de meses de estancia prevista de los beneficiarios. 3. La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, obtenida con arreglo a lo dispuesto en el párrafo anterior, por el número de meses, o fracción, de la estancia prevista, teniendo en cuenta que dicha cantidad, aisladamente o en concurrencia con otras, no puede llegar a superar el importe de la actividad subvencionada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de octubre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de octubre de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de noviembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 85.3 - Educación secundaria y educación postsecundaria no terciaria; 85.4 - Educación terciaria |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,1 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO de la Orden de 8 de octubre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio, para el curso académico 2024/2025. ↗
Bases reguladoras
ORDEN EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que se establecen las BBRR para la concesión de ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de CyL que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus+.Modif O EDU/1507/2020