BASES Y CONVOCATORIA POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES AL SECTOR DEL COMERCIO MINORISTA DE CARAVACA DE LA CRUZ CON DESTINO A LA ACTIVACIÓN DEL COMERCIO MEDIANTE SU PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Mediante Resolución nº 3320 de 23 de octubre de 2024 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz se convocan subvenciones al sector del comercio minorista de Caravaca de la Cruz con destino a la activación del comercio mediante su promoción y dinamización VI Edición BonoLatidos. 1. Beneficiarios: Todas las personas físicas o jurídicas con local/es comercial/es en la localidad de Caravaca de la Cruz que, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases, soliciten adherirse a la campaña de activación del comercio. 2. Objeto: Se pretende impulsar la actividad económica en el término municipal de Caravaca de la Cruz, otorgando liquidez a las empresas para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos derivada de la situación económica actual. 3. Bases reguladoras: Bases reguladoras que han de regir las subvenciones al sector del comercio minorista de Caravaca de la Cruz con destino a la activación del comercio mediante su promoción y dinamización VI Edición BonoLatidos publicadas en https://caravaca.sedipualba.es/tablondeanuncios/anuncio.aspx?id=24940 4. Cuantía total: 30.000 euros. La cuantía total de las ayudas concedidas ascenderá a 30.000 euros como máximo, a razón de 5 euros/bono. La cuantía de la subvención que corresponde a cada beneficiario será el resultado del cociente entre el importe máximo de 30.000 euros (ó 6.000 bonos), y el total de solicitantes que cumplan los requisitos establecidos. No obstante, en el supuesto de que un solicitante disponga de más de un establecimiento permanente ubicado en el municipio de Caravaca de la Cruz, la cuantía de la subvención que corresponde a cada beneficiario será el resultado del cociente entre el importe máximo de 30.000 euros (ó 6.000 bonos), y el total de establecimientos propiedad de los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos. 5. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Organismo convocante
CARAVACA DE LA CRUZ — AYUNTAMIENTO DE CARAVACA DE LA CRUZ
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de octubre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- BASES Y CONVOCATORIA POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES AL SECTOR DEL COMERCIO MINORISTA DE CARAVACA DE LA CRUZ CON DESTINO A LA ACTIVACION DEL COMERCIO MEDIANTE SU PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN ‘VI Edición BonoLatidos ↗
Bases reguladoras
BASES Y CONVOCATORIA POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES AL SECTOR DEL COMERCIO MINORISTA DE CARAVACA DE LA CRUZ CON DESTINO A LA ACTIVACIÓN DEL COMERCIO MEDIANTE SU PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN