Acuerdo de Junta Gob. Local 18-10-2024, por el que se convocan Subvs. a AMPAS y Federacs. constituidas por éstas, C. Escolares sostenidos con Fondos Pcos. de Educ. Infantil, Primaria y Secundaria y otras Enseñanzas Regladas Alcalá Hres., Curso 2024-2025.
Cerrada
40.000 euros
10 de noviembre de 2024
30 de noviembre de 2024
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 40.000 euros. Concesion directa: concedida sin concurso publico.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Los solicitantes deben ser asociaciones de madres y padres de alumnos y federaciones constituidas por éstas, de los centros escolares sostenidos con fondos públicos de educación infantil, primaria, secundaria y otras enseñanzas regladas, legalmente reconocidos por la Comunidad de Madrid, del municipio de Alcalá de Henares. Serán atendidas todas las peticiones que se ajusten a las bases de la presente convocatoria. Los solicitantes deben estar inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Segundo. Finalidad: El objeto de estas subvenciones es financiar actividades de las asociaciones de madres y padres de alumnos y federaciones de ámbito local de los centros escolares sostenidos con fondos públicos de educación infantil, primaria, secundaria y otras enseñanzas regladas, de Alcalá de Henares, para el Curso 2024-2025. Tendrán la consideración de actividades subvencionables, las realizadas por las entidades solicitantes, del 1 de septiembre de 2024 al 30 de junio de 2025, siempre que estén relacionadas con el objeto y finalidad propia de dichas entidades y no hagan discriminación entre socios y no socios, para poder participar y/o beneficiarse de las mismas. Actividades subvencionables: Actuaciones que promuevan la participación de las familias en el centro educativo. Actuaciones de información y formación para las familias. Organización de actividades (excursiones, visitas culturales y/o medio ambientales, actividades lúdico educativas, actividades para la educación en valores, actividades de promoción cultural, del ámbito de la salud, de fomento de la igualdad y la no discriminación, etc.), en las que participen el alumnado y/o las familias del alumnado del centro educativo. Y, en general, todas aquellas que se ajusten a las funciones de las asociaciones de padres y madres, y sean susceptibles de ser consideradas de interés educativo y/o de utilidad pública. Tercero. Bases Reguladoras: Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 18 de octubre de 2024, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es. Cuarto. Importe: Según el número de peticiones, el importe de las ayudas se ajustará de manera equitativa al presupuesto máximo de 40.000 euros, designado a esta finalidad. En todo caso, la cuantía máxima individualizada de la subvención a conceder a cada beneficiario, se establece en 1.500 euros y el porcentaje máximo será el 100 % de la cantidad solicitada. En ningún caso el importe de la subvención superará, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada. No obstante, los criterios económicos recogidos en los apartados anteriores, podrán modificarse en función de las disponibilidades presupuestarias. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día 10 de noviembre hasta el día 30 de noviembre de 2024. Sexto. Otros datos: Las solicitudes, junto con la documentación exigida que se acompañe, se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares e irán dirigidas a la Concejalía de Educación (https://sede.ayto-alcaladehenares.es/web/guest/registro-electronico). En la solicitud (anexo I) consta el número de expediente de referencia, que es el 25174/2024. Si por cualquier motivo, la presentación de las solicitudes no pudiera hacerse en la sede electrónica y tuviera que hacerse de forma presencial, debe dejarse constancia con documentación acreditativa de las causas por las que no ha podido hacerse el registro por sede electrónica. Las asociaciones beneficiarias deberán presentar ejecutar su proyecto del 1 de septiembre de 20204 al 30 de junio de 2025. Las asociaciones beneficiarias deberán presentar la justificación según el artículo 12 de la presentes bases.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 30 de octubre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 10 de noviembre de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2024 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 40.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concesion directa: concedida sin concurso publico |
| Finalidad | Educación |
| Sector economico | 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 85 - Educación |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Acuerdo de J.G.L. 18 de octubre de 2024, por el que se convocan Subvs. a AMPAS y Federacs. constituidas por éstas, C. Escolares sostenidos con Fondos Pcos. de Educ. Infantil, Primaria y Secundaria y otras Enseñanzas Regladas Alcalá Hres., Curso 2024-2025. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T04:26:06.658754 |