Ayudas en 2024 para el fomento del asociacionismo en el fútbol
Denominación oficial: Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas en 2024 para el fomento del asociacionismo en el fútbol.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 400.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas contempladas en el artículo 6.1.e) del RD-L 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional. Concretamente, serán objeto de subvención el fomento del asociacionismo en el fútbol, para las asociaciones o sindicatos de futbolistas, árbitros, técnicos y preparadores físicos que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, para la promoción de proyectos de inserción laboral y para gastos de funcionamiento respecto del periodo desde agosto del 2023 hasta julio del 2024. Segundo: Bases Reguladoras. La concesión de ayudas en esta Convocatoria se regirá por la presente Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf. Tercero: Cuantía. El CSD destinará a financiar a estas ayudas, el siguiente importe: Para el asociacionismo en el fútbol, 400.000.-€ El importe definitivo destinado a estas ayudas vendrá condicionado, por la posibilidad de suplementar crédito disponible y adecuado, conforme a la correspondiente modificación presupuestaria, bien en el momento de la resolución de concesión, como posteriormente mediante una resolución adicional, sin necesidad en ambos casos de nueva convocatoria. Cuarto. Plazo y procedimiento de solicitud. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la presente Resolución. Las solicitudes se presentarán según el modelo existente en la sede electrónica del CSD (https://sede.csd.gob.es, en Catálogo de trámites, “715999 - Ayudas para la promoción del movimiento asociativo”. Quinto. Otros datos administrativos y justificación. El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD. El pago de las ayudas destinadas al fomento del asociacionismo se efectuará directamente a las entidades beneficiarias desde el CSD tan pronto concurran en los beneficiarios todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria. La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la convocatoria y en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD.
Organismo convocante
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES — CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 8 de noviembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 11 de noviembre de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de noviembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN; OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 400.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes.