FinalizadaAutonómicaAgricultura

18/11/2024, del conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca por la que se convocan para el 2024 las ayudas para compensar los perjuicios económicos producidos por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica

Denominación oficial: Resolución de 18/11/2024, del conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca por la que se convocan para el 2024 las ayudas para compensar los perjuicios económicos producidos por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica

Plazo de solicitud 5 de diciembre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 797657

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 198.002 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencio-nes (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Apartado primero. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente convocatoria las per-sonas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, aquellas personas titulares de explotaciones de ganado bovino inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) cualquiera que sea su clasificación conforme al Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordena-ción de las granjas bovinas, a excepción de las explotaciones de tipo centros de con-centración y las explotaciones o centros de cuarentena. 2. Sólo podrán percibir ayudas aquellas explotaciones que estén radicadas en las co-marcas en que se hayan reportado casos de Enfermedad Hemorrágica Epizoótica con-forme al Real Decreto 779/2023, de 10 de octubre. Apartado segundo. Objeto. Compensar los perjuicios económicos producidos por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica desde los dos meses previos a la notificación del primer foco de enferme-dad hemorrágica epizoótica en la Comunitat Valenciana y la fecha de publicación de la convocatoria, esto es, entre el 25 de junio de 2023 y la fecha de publicación de la presente convocatoria. Apartado tercero. Base Reguladora. Real Decreto 961/2024, de 24 septiembre, por el que se establecen las bases regulado-ras para la concesión de subvenciones directas destinadas a compensar los perjuicios económicos producidos por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica. Apartado cuarto. Cuantía. Importe global máximo: 198.002,00 euros Apartado quinto. Plazo presentación solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días a contar desde el día si-guiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación19 de noviembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes22 de noviembre de 2024
Fecha fin de solicitudes5 de diciembre de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total198.002 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Real Decreto 961/2024, de 24 de septiembre, por el que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones directas a compensar los perjuicios por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 26 AYUDAS DESTINADAS A LOS COSTES DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES Y AYUDAS DESTINADAS A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES

Reglamento UE aplicable

OTROS DISTINTOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)