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BSF/…./2024, de fecha de firma electrónica, por la que se convocan las subvenciones para la realización de Campos de Voluntariado Juvenil en el marco del Programa “Voluntariado y Solidaridad 2025”, del Instituto Aragonés de la Juventud

Denominación oficial: ORDEN BSF/…./2024, de fecha de firma electrónica, por la que se convocan las subvenciones para la realización de Campos de Voluntariado Juvenil en el marco del Programa “Voluntariado y Solidaridad 2025”, del Instituto Aragonés de la Juventud.

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 798579

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 120.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto. La presente Orden tiene por objeto convocar las subvenciones para la realización de Campos de Voluntariado Juvenil en el marco del “Programa Voluntariado y Solidaridad del Instituto Aragonés de la Juventud para el año 2025”. Segundo. Beneficiarios. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro Público, con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón. Tercero. Bases Reguladoras Bases reguladoras Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud, modificada mediante la Orden CDS/176/2021, de 4 de marzo. Cuarto. Cuantía La cuantía disponible asciende a un importe máximo de 120.000,00 € (ciento veinte mil euros) Quinto. Plazo de presentación de solicitudes 1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Aragón». 2. Las solicitudes de subvención se formalizarán mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Instituto Aragonés de la Juventud en la dirección web https://www.aragon.es/organismos/departamento-de-bienestar-social-y-familia/instituto-aragones-de-la-juventud-iaj-, según el modelo normalizado que se acompaña como solicitud a la presente Orden, dirigido al Instituto Aragonés de la Juventud. Las entidades interesadas presentarán su solicitud y la documentación relacionada con la misma, de forma electrónica a través de los registros electrónicos de la Administración. Para ello, deberán disponer de cualquiera de los sistemas de firma electrónica habilitados, conforme a las disposiciones sobre firma electrónica aplicables en Aragón. La aplicación informática necesaria para dicha tramitación se halla disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, accesible en la url: https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general. En caso de imposibilidad material de tramitación electrónica de las solicitudes a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, se podrán presentar conforme al artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional. 3. Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se requerirá a la entidad solicitante para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo convocante

ARAGÓN — INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD (IAJ)

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de noviembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2025
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2025

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total120.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden CDS/514/2019 de 8 de mayo, modificada mediante la Orden CDS/176/2021, de 4 de marzo.