No disponibleAutonómicaTransporte

Acuerdo de 5 de diciembre de 2024 de la JCyL por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a los concesionarios de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera

Denominación oficial: Acuerdo de 5 de diciembre de 2024 de la JCyL por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a los concesionarios de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 802006

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 10,4 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Organismo convocante

CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL E INTELIGENCIA ARTIFICIAL

Ámbito

CASTILLA Y LEON

Categoría

Transporte

Destinatarios

Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de diciembre de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadSubvenciones al transporte
Sector económico52 - Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte; 49 - Transporte terrestre y por tubería
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10,4 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. Artículo 31.

Bases reguladoras ↗