RESOLUCIÓN DEL RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS POR LA QUE SE APRUEBA Y HACEN PÚBLICAS LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE "BECAS PRÁCTICAS FUNDACIÓN ONCE – CRUE “CURSO 2024- 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 4.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
RESOLUCIÓN DE 11 DE DICIEMBRE DE 2024 DEL RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS POR LA QUE SE APRUEBA Y HACEN PÚBLICAS LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE "BECAS-PRÁCTICAS FUNDACIÓN ONCE – CRUE” CURSO 2024- 2025 BDNS: 802193 Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 11 diciembre por la que se aprueba y hacen públicas las bases reguladoras y la Convocatoria del programa de “Becas-Prácticas Fundación ONCE – CRUE" curso 2024-2025. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). 1.- Objeto de la convocatoria. Otorgar 2 becas de 2000€ cada una, a estudiantes con discapacidad de la URJC, para la realización de prácticas académicas externas en entidades participantes, por un periodo máximo de 3 meses de duración, percibiendo los estudiantes 600€ al mes durante estos 3 meses; los 200 € restantes por estudiante, cubrirán los gastos de asesoramiento y apoyo por parte de la Universidad y los posibles gastos de seguridad social. Se convocan las becas Fundación ONCE-CRUE con objeto de promover la mejora de su empleabilidad y su futuro profesional. La financiación de la presente convocatoria, por un importe de 4.000 €, se llevará con cargo a dos aplicaciones presupuestarias. El importe neto de las becas a transferir a los estudiantes se cargará a la aplicación presupuestaria 30VCESUD 422A 483.00 (3.600 euros) del presupuesto de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2025, como también las obligaciones existentes en materia de seguridad social, fiscal o de cualquier otra naturaleza relacionada con el cumplimiento de los requerimientos legales (400 euros). El programa está cofinanciado por el Fondo Social Europeo, siendo la Fundación ONCE quien transferirá a la URJC el 75% del total de la beca al inicio de esta, y el 25 % restante una vez finalice el periodo de prácticas. De estas 2 plazas, se reserva 1 plaza para estudiantes con gran discapacidad (que, de no cubrirse, pasará al cupo general). Se reserva 1 plaza para estudiantes de máster (que, de no cubrirse, pasará al cupo general). 2.- Requisitos de los estudiantes participantes. Estar en posesión del certificado acreditativo de discapacidad igual o superior a 33%. Estar matriculado en la asignatura “Prácticas Externas” de cualquier grado o de un máster de la URJC (oficial o título propio). No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con empresa, institución o entidad o con la propia URJC, en el momento de disfrutar de la beca. La obligación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la ley y de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro. El interesado se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento del derecho de cobro. Haber realizado la solicitud de la beca, tanto a través de la plataforma de becas ONCE, como a través de la sede electrónica de la URJC En la URJC, las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, (https://sede.urjc.es/en/), durante los cinco días hábiles siguientes al de la publicación de un extracto de la presente resolución en el BOCM. Asimismo, los interesados podrán presentar su solicitud, en el mismo plazo, en el Registro General de la Universidad, en sus Registros Auxiliares, o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En la plataforma de becas Fundación ONCE, a través del siguiente enlace: https://becas.fundaciononce.es hasta el 10 de diciembre de 2024. Dado que el plazo de solicitud de las becas a través de la plataforma de la Fundación ONCE finaliza el 10 de diciembre de 2024, en caso de que por causas imprevistas la publicación en el BOCM se produjese de forma posterior a dicha fecha, se solicita una ampliación de cinco días hábiles a contar desde dicha publicación, para poder gestionar adecuadamente las solicitudes recibidas. Tendrán preferencia los estudiantes que hayan superado al menos el 50% de los créditos de la titulación de grado o estar cursando un máster, sin haber realizado aún las prácticas académicas. El hecho de concurrir a la presente convocatoria por parte de los solicitantes implica la aceptación de las normas fijadas en la misma, así como de los requisitos en ella establecidos, de acuerdo con sus bases reguladoras. El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en las presentes bases o en su resolución de convocatoria, dará lugar a la pérdida del derecho de participación y/o a la ayuda. El beneficiario de estas ayudas deberá: Cumplir las prescripciones contenidas en la presente convocatoria y demás obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la beca. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes. Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y en todo caso antes de la justificación, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas que resulten incompatibles con el objeto de la presente convocatoria. Proceder al reintegro de los fondos percibidos si se produjese alguna de las causas de reintegro contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 noviembre, General de…
Organismo convocante
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Otros |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Resolución definitiva y anexo I ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- ANEXO I Convocatoria ONCE-CRUE 2024-2025 ↗
- Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 11 diciembre por la que se aprueba y hacen públicas las bases reguladoras y la Convocatoria del programa de “Becas-Prácticas Fundación ONCE – CRUE" curso 2024-2025 ↗
Bases reguladoras
RESOLUCIÓN DEL RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS POR LA QUE SE APRUEBA Y HACEN PÚBLICAS LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE "BECAS PRÁCTICAS FUNDACIÓN ONCE – CRUE “CURSO 2024- 2025