Convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales, en los ámbitos de actuación A, B, C y E
Denominación oficial: Resolución de por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales, en los ámbitos de actuación A, B, C y E
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 7,3 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Cruz Roja y las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social que reúnan los requisitos señalados en la Base segunda de las reguladoras de estas subvenciones. Segundo. Finalidad: Desarrollo durante el año 2025 de programas de interés general para fines sociales relativos a los ámbitos de actuación A-Longevidad activa, inclusiva y significativa, B-Garantía de derechos de la infancia y la familia, C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia, y E-Participación solidaria de la ciudadanía, con cargo a las asignaciones tributarias del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades, destinado a cubrir necesidades de asistencia y bienestar social y fomento del voluntariado competencia del Principado de Asturias. Tercero. Bases reguladoras: Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas de interés general para fines sociales. (BOPA núm. 232, de 2 de diciembre) Cuarto. Importe: El crédito total destinado a estas subvenciones, de 7.306.470,00 €, se ejecutará de acuerdo con la siguiente distribución por ámbitos y líneas de actuación. ",,A-Longevidad activa, inclusiva y significativa: 1.340.670,00 €. ",,B-Garantía de derechos de la infancia y la familia: 2.557.200,00 €. Este crédito se distribuirá en las siguientes líneas de actuación: ",,Línea B.1: Prevención, apoyo e intervención para favorecer la capacidad y la responsabilidad familiar, favoreciendo interacciones positivas entre los miembros, así como promoción de la dimensión comunitaria de la intervención: 1.278.600,00 €. ",,Línea B.2: Promoción de los derechos de la infancia y de la participación infantil, en el marco de la planificación autonómica y municipal: 639.300,00 €. ",,Línea B.3: Complementariedad al acogimiento y a la adopción de niñas, niños y adolescentes y apoyo a la inserción sociolaboral de jóvenes que hayan estado bajo una medida de protección y que hayan abandonado el sistema, o complemento de actuaciones en los programas de preparación para la vida independiente: 639.300,00 €. ",,C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia: 3.208.600,00 €. ",,E-Participación solidaria de la ciudadanía: 200.000,00 €. Si en alguno de los ámbitos de actuación no se llegase a aplicar el crédito previsto en su totalidad, el mismo se redistribuirá entre el resto de ámbitos de actuación atendiendo a la proporcionalidad de la distribución de créditos inicial. En el ámbito de actuación con líneas específicas con crédito asignado, se aplicará esa misma regla internamente a las líneas antes de redistribuirlo entre el resto de ámbitos. La cuantía individualizada de las subvenciones vendrá determinada en función del crédito disponible en cada ámbito, y en su caso línea, de actuación de los contemplados en la convocatoria, y se establecerá siguiendo la regla de la proporcionalidad, aplicándose a la cuantía solicitada la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto. Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0235T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, los formularios normalizados de solicitud y los anexos que deben acompañarlos y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. Las solicitudes, que deben presentarse electrónicamente, se dirigirán al Código de Identificación A03028313, cumplimentando este dato en la casilla correspondiente del formulario de solicitud. El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante resolución motivada que deberá adoptarse y notificarse en el plazo máximo de 3 meses contados a partir de la publicación del presente extracto. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria. En Oviedo, a 18 de diciembre de 2024 La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 7,3 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la Resolución de de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales, en los ámbitos de actuación A-Longevidad activa, inclusiva y significativa, B-Garantía de derechos de la infancia y la familia, C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia, y E-Participación solidaria de la ciudadanía. ↗
Bases reguladoras
Resolución de 29-11-2022, de la Consejería de Derechos Sociale sy Bienestar, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas de interés general para f